Imagen de archivo de la Semana Santa de La Laguna. EFE/Ramón de la Rocha

El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de amparo de una tinerfeña por discriminación en la Iglesia

Santa Cruz De Tenerife (EFE).- El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por una mujer, María Teresita Laborda, que demandó a la Hermandad de la Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna (Tenerife) por admitir solo a hombres entre sus filas, según ha avanzado este sábado el periódico El Día.

Se trata de un recurso de amparo presentado tras el fallo del Tribunal Supremo emitido en enero de 2022, que se posicionó entonces favorable a los argumentos de esa asociación religiosa y contra la sentencia de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, que inicialmente había amparado la petición de las mujeres y declaró nula parte de los estatutos de la hermandad que impedían su participación.

Ahora, la Sección Tercera del TC, en su resolución, según cita El Día, apunta que concurre en el recurso de Laborda “una especial trascendencia constitucional” pues puede dar ocasión “a aclarar o cambiar su doctrina como consecuencia de un proceso de reflexión interna”.

La defensa de Laborda ha alegado en diferentes instancias, y en declaraciones a los medios a lo largo de los años que ha durado el litigio, que el argumento de la tradición histórica, que es el utilizado por esta cofradía para no admitir a mujeres, “no es razonable” y “perpetúa una situación de discriminación de las mujeres contraria a la Constitución”.

Hace dos años, La Sala I, de lo Civil, del TS ponderó el conflicto que se produce entre la autonomía autoorganizativa implícita al derecho de asociación y de libertad religiosa y el derecho a asociarse sin que haya discriminación por razón de sexo.

Entonces concluyó que los derechos fundamentales “han de aplicarse matizadamente” en las relaciones privadas para hacerlos compatibles “con otros valores o parámetros que tienen su último origen en el principio de la autonomía de la voluntad”.

La Esclavitud del Santísimo Cristo está formada solo por hombres desde 1659 y es una asociación constituida conforme al Derecho canónico con una finalidad exclusivamente religiosa.

En su momento, el fallo del Supremo generó cierto debate y llevó a que juezas como Glória Poyatos, socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE), se preguntasen si se hubiera fallado lo mismo si las excluidas, en lugar de mujeres, “fueran personas negras.

“Urge integrar a las mujeres en la Sala Civil del Tribunal Supremo, cuya presencia es una anécdota: solo habita una magistrada. Si ellas llegan, también llegan las experiencias, preocupaciones y aspiraciones femeninas. Y quizás este fallo sería otro”, escribía Poyatos en su cuenta de X en 2022. EFE