El jurado falla que la acusada del crimen de Castro mató a su pareja sin alevosía

Pablo Ayerbe Caselles

Santander (EFE).- El Jurado Popular del crimen de Castro Urdiales ha declarado culpable a Carmen Merino de acabar en febrero de 2019 con la vida de su pareja, Jesús María Baranda.

Sin embargo, no ha quedado acreditado que usara diazepam para matarle, por lo que la Fiscalía ha rebajado de 25 a 15 años la pena propuesta al no existir alevosía.

Con ocho votos a favor y uno en contra, el Jurado ha considerado que Carmen Merino, que lleva en prisión provisional tres años por estos hechos, mató a Jesús Mari, como le conocían sus amigos.

La víctima era un jubilado de banca vizcaíno de 67 años con el que convivía desde hacía años y del que solo se encontró el cráneo después de seis meses desaparecido.

EFE/Pedro Puente Hoyos

Casi diez horas deliberó el Jurado

Sin embargo, no ha quedado acreditado, tal y como sostenían la Fiscalía y la acusación particular que representa a los hijos de la víctima, que usara “una elevada dosis de diazepam para acabar con su vida”, por lo que el fiscal y la acusación particular han rebajado sus peticiones de pena de 25 a 15 años de cárcel, al no apreciarse alevosía.

“Nadie ha podido demostrar la cantidad exacta, ni que ella lo suministrara”, ha señalado el Jurado, que ha descartado este punto con siete votos en contra y dos a favor tras una deliberación de casi diez horas.

Además, hacia la mitad de la tarde, detuvo la deliberación para pedir al magistrado que se cambiara uno de los puntos del objeto de veredicto.

Según ha recordado el propio magistrado presidente, al no apreciarse el uso del diazepam para acabar con la vida de la víctima, no puede darse un delito de asesinato, sino uno de homicidio con agravante de parentesco.

La defensa por su parte, sin perjuicio de una posible apelación de la sentencia que dictará el magistrado presidente de la Sala en los términos del fallo del Jurado, ha solicitado una pena de 12 años y medio por homicidio.

Para determinar la culpabilidad de la acusada, ha tenido en cuenta la “intencionalidad previa” en las búsquedas en internet que realizó meses antes de la muerte de su novio, como “cuánto tiempo tarda en descomponerse un cadáver” y “si mi marido desparece ¿cobro la pensión?”, así como “la compra de productos de limpieza”.

EFE/Pedro Puente Hoyos

Las búsquedas en internet

Y se ha apuntado a que la acusada entregó a una amiga el cráneo de Jesús Mari, abriendo ella el paquete meses después, lo que el Jurado ve probado por las huellas de Carmen Merino-aunque ella lo negó- en las bolsas que envolvían el cráneo.

“Añadimos el hecho de que se produjo la búsqueda ‘cómo desatascar una motosierra’ desde su ordenador (…) cuándo según ella Jesús estaba de viaje”, ha señalado.

Además, se ha acreditado por unanimidad que la acusada tenía “problemas económicos, créditos y diversas deudas”, por lo que “sabiendo y conociendo lo que hacía”, fue autora de la muerte “con intención de aprovecharse económicamente de los bienes y dinero de Jesús María Baranda, al haber sido nombrada heredera universal por éste en su testamento” en 2018.

“Entendemos que sale financieramente beneficiada, además de las constantes retiradas de dinero de la cuenta de la víctima”, ha apuntado el Jurado.

Y ha estimado que no debe proponerse al Gobierno de España el indulto total o parcial de la pena que se le imponga ni se debería concederse a Carmen Merino los beneficios de la suspensión de la pena.

El juicio ha quedado visto para sentencia, que dictará la Audiencia de Cantabria en los términos expresados por el Jurado.