Zamora (EFE).- El presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León y catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Salamanca, Agustín Sánchez de Vega, ha afirmado este martes que la proposición de ley de Amnistía presentada en el Congreso carece de un precepto constitucional que fundamente la normativa.
Sánchez de Vega ha declarado a EFE que tras un primer vistazo de la propuesta normativa le sale “de ojo, absoluta e inmediatamente” que la ley no incluye en su exposición de motivos el artículo o el precepto constitucional que la fundamenta, algo que le parece “muy sorprendente”.
¿De dónde deriva la Ley Amnistía constitucionalmente hablando?
“Cuando uno redacta una ley lo hace en virtud de ese precepto constitucional que le autoriza o en la que fundamenta esa ley y en este caso yo no lo he encontrado, ¿dé donde deriva la Ley de Amnistía constitucionalmente hablando? Eso no se encuentra en la exposición de motivos”, ha señalado el presidente del Consultivo castellanoleonés.

Este jurista ha destacado que en cambio sí que existe una fundamentación abstracta basada en determinadas resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre “casos muy concretos y determinados” y del mismo modo sí se mencionan en esa exposición de motivos determinados intereses generales pero no el apartado de la Constitución en el que se basa.
El presidente del Consejo Consultivo de Castilla y León, institución propia de la Comunidad con sede en Zamora, ha indicado además que para que el Gobierno autonómico castellanoleonés presente un recurso de inconstitucionalidad a esa normativa como ha anunciado su presidente, Alfonso Fernández Mañueco, es necesario previamente que el organismo que preside emita un dictamen.
Si la Junta recurre la ley, el Consultivo tendrá que emitir dictamen
Aún así, para ese recurso primero es necesario que se apruebe esa Ley de Amnistía y luego ya la Junta de Castilla y León tiene que enviarles la solicitud del dictamen, que es “preceptivo”.
Por el momento ese recurso es “una hipótesis absoluta” hasta que la normativa sea aprobada.
Una vez que le llegue la petición de dictamen de la Junta de Castilla y León, el Consultivo tendrá un plazo de veinte días para emitir su dictamen y en caso de no hacerlo en ese tiempo podrá presentar directamente ese recurso sin esperar al pronunciamiento de esta institución autonómica encargada de velar por el cumplimiento de la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el ordenamiento jurídico en la actuación de la Administración.
El recurso, puede tener cabida
Sánchez de Vega ha afirmado que el recurso de Castilla y León puede tener cabida porque es una ley que puede afectar al ámbito de la Comunidad y existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional que cuando una ley puede afectar al ámbito de las competencias autonómicas y al ámbito constitucional en general o, de forma mucho más abstracta a los derechos de los ciudadanos, puede plantearse ese recurso y es “viable” hacerlo.
El presidente del Consultivo ha explicado además que el plazo de veinte días que tendrían para estudiar el recurso y emitir un dictamen puede ser suficiente porque el organismo que preside suele ser bastante rápido en sus resoluciones aunque en este caso se trata de un tipo de recurso que es necesario “estudiar a fondo” y resultará más complicado que pronunciarse sobre otros. EFE