La senyera valenciana ondea al viento en el barrio de Campanar con el bloque de viviendas calcinado al fondo. EFE/Biel Aliño

Los especialistas creen que la revisión de edificios se podría acotar a los años 2005/2008

València (EFE).- Los técnicos especialistas en la ejecución de edificios consideran que la revisión de construcciones de características similares al bloque incendiado en el barrio de Campanar de València se podría acotar a los años 2005-2008, pues el revestimiento metálico usado en esta fachada únicamente se pudo usar esos años.

Bomberos revisan la fachada del edificio incendiado en Campanar, en una imagen de estos días. EFE/Manuel Bruque

Según ha explicado a EFE Alfredo Sanz, presidente del Consejo General de Arquitectura Técnica de España, el revestimiento de aluminio como el usado en este edificio se empezó a usar en 2005 y en abril de 2016 el código técnico de la edificación impidió su uso, por ser más exigente con la combustibilidad de los elementos colocados en las fachadas.

A la derecha, el edificio que sufrió un incendio en el barrio de Campanar de València el pasado jueves. EFE/Kai Försterling

“Es posible que existan licencias de obras pedidas antes de abril de 2016 y ejecutadas posteriormente”, pero hablamos de una “ventana temporal” bastante acotada.

Unas personas observan el exterior del edificio que sufrió un incendio en el barrio de Campanar de Valencia el pasado jueves, en el que murieron diez personas. EFE/ Kai Försterling

Según los datos que maneja el Consejo General, el edificio incendiado en València tenía un revestimiento compuesto por paneles de aluminio con dos caras de este material metálico, una exterior que queda a la vista y otra interior, unidas por una parte intermedia que además dotaba de rigidez a la pieza.

El material concreto de los edificios

“No sabemos exactamente qué material de unión se utilizó, podría ser resina o material termoplástico, no creo que fuese poliuretano, eso lo determinarán las pruebas forenses, pero parece ser que tenía cierta combustibilidad y, por el comportamiento del fuego y las imágenes, aparentemente provocaba goteo”, explica este especialista.

Los paneles, según consta en el proyecto, son de la marca Alucoil, una empresa con sede en Burgos -con la que EFE ha tratado de ponerse en contacto sin éxito-.

“En esa época esta marca comercializaba varios paneles con diferente comportamiento frente al fuego. Exactamente no sabemos el que estaba colocado en la obra”, detalla Alfredo Sanz, quien insiste en que la instalación no vulneró ninguna normativa.

No era un material barato

“Entonces era un material muy novedoso, llamativo, tecnológico, más ligero que un revestimiento cerámico. No era barato”, añade.

Las comprobaciones forenses se centrarán, entre otros aspectos, en ver si las uniones de los paneles de aluminio estaban selladas perimetralmente, puesto que es posible que ante un fuego de la magnitud del de València penetrase entre el aluminio un determinado poder calorífico que ocasionase el goteo.

“No estamos diciendo en ningún caso que ese sello perimetral fuese obligatorio o exigible”, añade, puesto que estos paneles “tenían su documento de idoneidad técnica que expide el Instituto Eduardo Torroja del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, de un prestigio incuestionable”.

Prohibido actualmente

En cualquier caso, la normativa actual impide la utilización de esos paneles desde 2006, cuando se exige a los materiales de fachadas una contribución nula o mínima a la expansión del fuego.

Además, desde el incendio de la torre Grenfell de Londres en 2017 se produjo un nuevo cambio (entró en vigor en España en 2019) que obliga a la sectorización de las fachadas ventiladas.

“Se han dicho muchas cosas respecto a este incendio, algunas desafortunadas, como las menciones al revestimiento de polietileno, algo que no es cierto. Había lana de roca, que es ingífuga y que todavía se puede ver en los restos calcinados del edificio”, señala este especialista.

La normativa vigente con este edificio

“Hay que aclarar -insiste- que el acta de replanteo del edificio -documento que marca el inicio de las obras- es de febrero de 2006, y que en ese momento la normativa en vigor contra incendios era la CPI de 1996”.

Por todo lo anterior, y centrándose en la próxima labor de revisión de edificios de similares características, Alfredo Sanz invita a “no matar moscas a cañonazos” y a investigar “cuantos edificios se pudieron construir con estos paneles hasta que entró en vigo el código técnico de 2006”.

“Actualmente la normativa está perfectamente redactada, no hay que cambiar nada a nuestro juicio”, añade.

La Agencia EFE ha tratado sin éxito de ponerse en contacto con algún responsable de la empresa Alucoil, con sede en Miranda de Ebro (Burgos), por si pueden aportar más detalles sobre la construcción del edificio.