Vista del Tribunal Constitucional. EFE/ Zipi

El Constitucional rechaza por unanimidad la petición del PSOE de revisar 30.000 votos nulos del 23J

Madrid (EFE).- El Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el recurso del PSOE contra la sentencia del Supremo que desestimó revisar más de 30.000 votos nulos contabilizados en Madrid en las elecciones generales del pasado 23 de julio, que eran claves para facilitar la investidura de Pedro Sánchez.

Fuentes jurídicas han informado a EFE de que la Sala Segunda del tribunal de garantías ha seguido el criterio de la Fiscalía al desestimar el recurso, una petición de los socialistas que ansiaban poder recuperar un escaño perdido a favor del PP.

El PP pide al PSOE que acepte el resultado del 23J tras rechazar el TC revisar los votos nulos

El Partido Popular ha pedido que el PSOE “deje de dudar de la legitimidad del proceso electoral” y que su líder, Pedro Sánchez, reconozca su “derrota” del pasado 23 de julio después de que el Tribunal Constitucional (TC) haya rechazado por unanimidad el recurso de los socialistas para revisar 30.000 votos nulos en Madrid.

Fuentes del PP han destacado que “ni siquiera este Tribunal Constitucional”, de mayoría progresista, da la razón al PSOE en el “intento por recuperar un diputado que le protegiera de las exigencias del independentismo”.

Los magistrados del Constitucional, reunidos de urgencia

Los magistrados, reunidos de urgencia puesto que el plazo para resolver el recurso vencía este martes, han respaldado así la ponencia de la magistrada Laura Díez que sostenía en líneas generales que no existe un derecho incondicionado para permitir un nuevo recuento de votos cuando no hay indicios de irregularidad.

Laura Díez, en una imagen de archivo
Laura Díez, en una imagen de archivo. EFE/Quique García

Desde que culminó el escrutinio general con el voto exterior, que confirmó un escaño más para el PP (137), el PSOE ha agotado todas las vías para solicitar ese recuento con la esperanza de poder recuperar ese escaño perdido, con el que sólo hubiera sido necesario la abstención de Junts para una eventual investidura de Pedro Sánchez. Ahora el presidente en funciones deberá buscar el sí.

La Fiscalía pide al Constitucional que rechace la petición del PSOE de revisar 30.000 votos nulos

El tribunal sigue de esta forma la línea del Ministerio Fiscal, que había enmendado su posición dado que en el procedimiento ante el Tribunal Supremo apoyó el recurso del PSOE “ante lo ajustado del resultado electoral” y para “despejar cualquier asomo de duda razonable sobre la voluntad verdadera y exacta” de los ciudadanos.

Pero ahora, se ha opuesto a la petición de los socialistas al entender que los argumentos expuestos en la sentencia del Supremo, que avaló a la Junta Electoral Central, “se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional”.

El Supremo consideró que no se daban los requisitos

El Supremo consideró que no se daban los requisitos exigidos en la doctrina ni se habían aportado datos que verifiquen la relevancia del recuento en el resultado final. “La mera diferencia numérica en los resultados que se aduce en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión”, sentenció el Supremo.

Y ahora la Fiscalía explica que dicha doctrina “no permite reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados”.

“Ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos”, añade la Fiscalía en relación al artículo 23 de la Constitución.

Por eso, considera que las resoluciones de la Sala de Vacaciones del Supremo y de la administración electoral “no vulneraron el mencionado derecho fundamental”.

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