Sala de vistas en el Palacio de Justicia de Sevilla en una imagen de archivo. EFE/Juan Ferreras

Varios jueces se desmarcan del criterio de la Fiscalía y apuestan por rebajar las condenas sexuales

Madrid (EFE).- Los jueces de las Audiencias provinciales de Madrid, Málaga, Bizkaia y Granada se han desmarcado del criterio de la Fiscalía General del Estado y han acordado que, al revisar las condenas por delitos sexuales, aplicarán las penas de la ley del solo sí es sí si benefician a los condenados.

En el Día internacional para la erradicación de violencia contra las mujeres, las secciones penales de varias audiencias provinciales se han reunido para intentar unificar criterios tras la polémica por las primeras excarcelaciones y rebajas de condena de delincuentes sexuales.

Además de las citadas, se ha pronunciado la Audiencia de Las Palmas, que, con menos rotundidad, solo revisará las sentencias “por imperativo legal o cuando existan dudas” y ha indicado que cuando la condena de acuerdo con la legislación anterior era la mínima, y ahora esa mínima es más baja, se valorara caso por caso por si fuera más favorable la nueva ley.

Jueces de Madrid se desmarcan del Fiscal al revisar penas de delitos sexuales
Imagen de archivo del exterior del juzgado de guardia de violencia sobre la mujer de Madrid. EFE/Zipi

Solo en Madrid, según los datos hechos públicos este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad, hay 447 condenas susceptibles de revisión; por el momento se ha rebajado la pena en 20 casos y en 7 se ha decretado la puesta en libertad.

La Fiscalía fijó criterios para limitar la rebaja de las condenas sexuales

En un decreto publicado el lunes, la Fiscalía General del Estado pidió a todos los fiscales oponerse a la rebaja de penas siempre que la condena que se impusiera en su día figure en el rango de penas establecido para ese delito en el Código Penal actual, reformado con la entrada en vigor de la Ley de garantía integral de la libertad sexual.

Así lo entendió la Audiencia de La Rioja, que ha mantenido las penas en al menos 54 sentencias ya revisadas, pero otros tribunales han rechazado ese criterio, recogido en la disposición transitoria quinta del Código Penal de 1995.

Consideran que, por ejemplo, si se castigó una violación con una pena mínima (seis años en el anterior Código Penal), debe aplicarse la pena mínima fijada por la ley del solo sí es sí (cuatro años), aunque la Fiscalía estime que no debe tocarse porque la horquilla posible hoy va de los 4 a los 12 años.

La Audiencia de Zaragoza avisó de que iba a “cambiar un poco” el criterio de la Fiscalía

Ya el martes los jueces de la Audiencia de Zaragoza dijeron que iban a “cambiar un poco” el criterio de la Fiscalía y hoy varias Audiencias provinciales más han celebrado sus encuentros para intentar unificar criterio.

Por 32 votos a favor, 8 en contra y 9 abstenciones, los magistrados de las secciones de lo penal de la Audiencia de Madrid han acordado que se aplicará el artículo 2.2 del Código Penal, que establece la retroactividad de las leyes que favorecen al reo, y no la disposición transitoria quinta.

Del mismo parecer es la Audiencia Provincial de Bizkaia: “ante la ausencia de norma transitoria en la nueva ley, la Junta considera que no procede la aplicación extensiva de una norma transitoria prevista en otra ley”, han acordado sus magistrados de lo penal.

En Euskadi han solicitado revisar su condena ya veinte personas y los jueces estiman que procede revisar de oficio todas las sentencias firmes con penas de prisión en ejecución.

En la Audiencia de Málaga, donde el encuentro tuvo lugar este jueves, se acordó una revisión de oficio, caso por caso y rebajando las condenas cuando la reforma penal beneficie al condenado, y, en la misma línea, los magistrados de la Audiencia de Granada, reunidos hoy, han decidido revisar las sentencias firmes “aplicando la disposición que ea más favorable al reo”.

El Gobierno confía en el criterio del Supremo

Todas los tribunales consultados por EFE insisten en que hay que estudiar caso por caso y precisan que los acuerdos de unificación de criterio de las audiencias no son vinculantes.

En el acto organizado por el PSOE con motivo del 25N, el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, se ha referido a los distintas posiciones que están manteniendo las audiencias provinciales y ha recordado que la Fiscalía General del Estado ya se ha pronunciado y “ha unificado criterio para la aplicación de la ley”.

“Como presidente del Gobierno creo que es importante esperar a que se pronuncie también el Tribunal Supremo para que se unifique toda esa doctrina y garanticemos entre todos la seguridad de las mujeres”, ha declarado.

Y ha confiado en que marque el camino ya la próxima semana, cuando tiene previsto revisar los recursos contra la sentencia del caso Arandina, en la que un exjugador de la Arandina Club de Fútbol resultó absuelto tras ser condenado previamente a 38 años de cárcel y otros dos vieron rebajadas sus penas a 3 y 4 años al ver los jueces abuso sexual y no agresión.