Imagen de las instalaciones de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) Los Vados, en Granada. EFE/Miguel Ángel Molina

El TJUE condena a España por incumplir la normativa europea sobre aguas residuales urbanas

Bruselas (EuroEFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio la razón a la Comisión Europea y condenó este jueves a España por vulnerar de forma reiterada la Directiva comunitaria sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.

La corte europea, con sede en Luxemburgo, apreció graves deficiencias en la recogida, depuración y control de vertidos en decenas de aglomeraciones urbanas, incluidas varias en Canarias y Andalucía, en línea con la denuncia del Ejecutivo comunitario.

«Esto hace un total de 50 aglomeraciones incumplidoras«, incluidos grandes nucleos urbanos, como Donostia-San Sebastián, Cáceres y Merida, precisó el servicio de prensa del tribunal en un comunicado.

En su sentencia, el TJUE declaró que España no adoptó las medidas necesarias para garantizar la correcta recogida de las aguas residuales en trece aglomeraciones, principalmente en las Islas Canarias, donde las autoridades recurrieron a sistemas individuales sin cumplir las condiciones exigidas por la Directiva, así como en Medio-Andarax, en Andalucía, que carece de un sistema colector completo.

Obligaciones de control de los vertidos

El Tribunal confirmó además que en al menos 34 aglomeraciones las aguas residuales no reciben, antes de su vertido, el tratamiento secundario o equivalente que exige la legislación comunitaria, y que en otras diecinueve que vierten en zonas sensibles no se aplica un tratamiento más riguroso, como impone la normativa europea.

La sentencia también constata incumplimientos generalizados en las obligaciones de control de los vertidos y de seguimiento de los efectos de los lodos sobre el medio ambiente, al considerar que España no verificó adecuadamente el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Directiva en unas cincuenta aglomeraciones urbanas.

Imagen de técnicos de la Estación Depuradora de Aguas Residuales Urbanas (EDARU) en Tenerife. EFE/Alberto Valdés

Las aglomeraciones afectadas incluyen grandes núcleos urbanos y áreas intermunicipales de más de 10.000 habitantes equivalentes, repartidas por buena parte del territorio español, entre ellas Donostia-San Sebastián, Cáceres, Mérida, Santoña, Rubí o varias zonas del litoral canario, detalla el fallo.

La única excepción parcial en los casos que la Comisión Europea llevó al TJUE es la de Trujillo (Extremadura), donde considera en algunas imputaciones que el Ejecutivo comunitario no ha demostrado que se diera un incumplimiento a fecha del 13 de abril de 2020 cuando expiró el plazo que se dio a España para ajustarse a la Directiva.

Aunque el fallo no impone sanciones económicas, abre la puerta a que la Comisión Europea solicite multas si España no corrige los incumplimientos detectados, mediante un nuevo procedimiento ante el TJUE que podría conllevar tanto una multa coercitiva diaria como una sanción a tanto alzado.