Vista de la sala principal del TJUE en una imagen de archivo. EFE/TJUE/UE

Bruselas lleva a España al TJUE por una norma laboral y advierte de la infracción de obligaciones ambientales y de ruido

Bruselas (EuroEFE).- La Comisión Europea anunció este viernes la apertura de expedientes a España en materia de protección de la biodiversidad, por no simplificar las obligaciones de información sobre ruido ambiental y por no aplicar las nuevas normas sobre control de criptoactivos, y llevó además al país ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por no haber actualizado bien los umbrales que determinan el tamaño de las empresas.

En primer lugar, el Ejecutivo comunitario señaló que ha enviado una carta de emplazamiento a España por no haber enviado a Bruselas el informe de aplicación de la Directiva Hábitats que los Estados deben presentar cada seis años, con una evaluación del estado de conservación de los hábitats y especies cubiertos por la normativa.

Se trata del primer paso en el procedimiento de infracción, que en última instancia puede terminar con una condena en el Tribunal de Justicia de la UE.

Los informes también incluyen información sobre las medidas de conservación adoptadas y la contribución de la red Natura 2000 a los objetivos de conservación establecidos en las Directivas, y España no ha entregado el documento correspondiente al período 2019-2024, cuyo plazo finalizó el 31 de julio de 2025.

Madrid dispone ahora de dos meses para responder y subsanar la deficiencia señalada por la Comisión, que también avisó a Rumanía por no entregar su informe relativo a la Directiva Aves.

Por otro lado, el Ejecutivo comunitario envió otra carta de emplazamiento a España, junto a otros once Estados miembros, por no haber notificado las medidas para transponer a su legislación la Directiva que simplifica los requisitos de información en los ámbitos de los alimentos y los ingredientes alimentarios, el ruido al aire libre, los derechos de los pacientes y los equipos radioeléctricos.

España tendrá ahora el mismo plazo de dos meses para responder, al igual que Chequia, Dinamarca, Estonia, Croacia, Italia, Países Bajos, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Suecia.

A falta de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado en cualquiera de los dos expedientes.

Demanda ante el TJUE por no ajustar los umbrales del tamaño de empresas

Imagen de archivo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). EFE/TJUE/UE
Imagen de archivo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). EFE/TJUE/UE

Bruselas también anunció un paso aún más contundente contra España por no haber completado la actualización de los umbrales que determinan el tamaño de las empresas según su balance y volumen de negocios.

Bruselas abrió un expediente a España por este motivo en enero del pasado año y lanzó un ultimátum seis meses después, en julio, tras constatar que el país todavía no había adoptado estos ajustes, que buscan adecuar los umbrales, por ejemplo, a la inflación.

Este viernes, el Ejecutivo comunitario ha certificado que «los esfuerzos de las autoridades nacionales» de España y Malta «han sido insuficientes hasta la fecha» porque «aún no han notificado a la directiva» el ajuste de dichos criterios. En consecuencia, la institución ha decidido elevar el caso ante la Justicia europea.

«La transposición de esta directiva es crucial para el funcionamiento del mercado único, ya que garantiza la coherencia y la comparabilidad de las categorías de tamaño en toda la Unión, y que las empresas o grupos de tamaño similar están sujetos a las mismas obligaciones jurídicas de la UE», defiende la Comisión.

Los umbrales que determinan el tamaño empresarial no se habían ajustado desde 2013 y la Comisión calcula que desde ese año y hasta 2023 la inflación acumulada alcanzó el 24,3 % en la eurozona y el 27,2 % en el conjunto de la Unión Europea.

El objetivo de la medida era evitar que se empiecen a aplicar sobre microempresas y las pymes europeas las obligaciones de información financiera y de sostenibilidad que se exigen a las grandes compañías.

La actualización, en concreto, modifica los umbrales en términos monetarios que establecen la cantidad máxima de volumen de negocios neto y del tamaño de balance, pero no introduce cambios con respecto al criterio relativo al número de empleados.

Otro expediente por control insuficiente de criptoactivos

Vista de un cajero de criptomonedas en Madrid en diciembre de 2021. EFE/ Mariscal

En paralelo, la Comisión abrió expedientes a España y otros once países de la UE por no haber aprobado a nivel nacional las nuevas normas sobre transparencia e intercambio de información sobre criptoactivos.

El resto de países afectados por no transponer «totalmente» esta directiva (conocida como DAC 8) a sus legislaciones nacionales, además de España, son Bélgica, Bulgaria, República Checa, Estonia, Grecia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia y Portugal.

En España, el Consejo de Ministros aprobó en junio del pasado año el proyecto de ley que traslada la directiva a la legislación española y se encuentra desde entonces en fase de tramitación parlamentaria.

«Una implementación completa y a tiempo de las normas de la directiva por todos los Estados miembros es clave para conseguir una mayor transparencia y combatir la evasión y elusión fiscal en las rentas por inversiones», explicó el Ejecutivo comunitario.

Los doce países apercibidos por esta cuestión disponen ahora de un plazo de dos meses para responder a las autoridades comunitarias antes de que estas den el siguiente paso, el envío de un dictamen motivado, que es el ultimátum antes de acudir a la Justicia europea.