Logroño, (EFE).- El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación interpuesto por una de las jóvenes que fue intercambiada al nacer con otra en Logroño, en el que reclamaba que se impugnase la filiación de la otra.
El Tribunal Supremo en su fallo, al que ha accedido EFE, desestima esta pretensión y afirma que “no se atisba el interés legítimo” de la recurrente, que iría en contra de la voluntad de los afectados, en alusión a la otra joven y a la que ha considerado su familia.
El fallo emitido ahora por el Supremo es un paso más en este caso, cuyo origen está en el antiguo Hospital San Millán de Logroño en 2002, cuando dos niñas recién nacidas fueron intercambiadas por error; una se crió con su supuesta abuela y el intercambio se descubrió cuando esta pidió una pensión alimenticia al que creía era el padre.
Una prueba de paternidad descubrió que no lo era y después, por una prueba de ADN, quedó claro que a la que consideraba su madre no lo era en realidad.
El abogado de esa joven inició un proceso judicial por el que el Gobierno de La Rioja, a través de su aseguradora, la indemnizó con 850.000 euros, aunque está pendiente de un recurso ya que reclama tres millones de euros por los daños morales ocasionados.
La otra joven, que se quedó huérfana de madre, está todavía pendiente de que se resuelva el proceso sobre la indemnización y no ha emprendido más acciones legales.
Sin embargo, vio como la primera reclamaba judicialmente que se anulara su filiación y dejara de ser hija del que siempre ha considerado como su padre; un juzgado de Logroño negó esa petición, luego lo hizo la Audiencia Provincial de la capital riojana y ahora lo ratifica el Supremo.
El alto tribunal incide en el fallo en que no se le niega a la joven que recurrió el que reclame la filiación con sus padres biológicos, con los que no se crió; y subraya que no está legitimada para impugnar una filiación en la que no está implicada.
El Supremo cita en varias ocasiones que la recurrente quedaría como heredera única de la madre fallecida si lograra lo que solicita en este recurso, aunque, recalcan, no está legitimada para ello.