Los principales condenados, Alfredo de Miguel, Aitor Telleria y Koldo Otxandiano (de derecha a izquierda), durante el juicio. EFE/David Aguilar

El Supremo confirma las principales condenas del caso de Miguel

Madrid/Vitoria (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado las principales condenas del caso De Miguel y ha puesto fin al mayor proceso por corrupción en Euskadi con 26 personas juzgadas.

Han pasado 13 años y 1 mes desde que una abogada, Ainhoa Alberdi, denunció al entonces diputado foral de Administración Local de Álava, Alfredo de Miguel (PNV), por pedirle una “mordida” para lograr un contrato.

La investigación fue larga y el juicio en la Audiencia Provincial de Álava no comenzó hasta enero de 2018. Hubo que esperar casi dos años más, hasta diciembre de 2019, para conocer una sentencia que condenaba a 15 encausados y absolvía a los 11 restantes.

El fallo fue recurrido por la Fiscalía y por 13 de los condenados ante el Supremo. Tras estudiar los argumentos, el alto tribunal ha decidido rebajar ligeramente las penas a tres exdirigentes del PNV -De Miguel, Aitor Telleria y Koldo Otxandiano- y a un exdirector del Gobierno Vasco -Javier Sánchez Robles- que deberán cumplir penas de entre 5 y 12 años de cárcel. Los cuatro deberán por tanto entrar en prisión.

Ligeras rebajas de condenas

En concreto, la Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que rebaja de 13 años y 3 meses de cárcel a 12 años y 4 meses la condena a De Miguel, exnúmero dos del PNV en Álava, al absolverle de uno de los cuatro delitos de tráfico de influencias.

El Supremo mantiene no obstante su condena por los delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo, prevaricación y malversación, así como el cumplimiento máximo de tiempo efectivo en prisión, que será de 9 años.

El exdirigente nacionalista Aitor Tellería pasa de 6 años y 6 meses a 5 años y un mes de prisión al ser absuelto de su responsabilidad como cooperador necesario en un delito de tráfico de influencias en uno de los contratos adjudicados.

Se mantiene la pena impuesta por la Audiencia de Álava por el resto de delitos, entre ellos tráfico de influencias, asociación ilícita y blanqueo de capitales.

El alto tribunal no modifica las condenas de su compañero de partido Koldo Otxandiano (7 años y 6 meses) ni del exdirector de Juventud del Gobierno Vasco Javier Sánchez Robles (7 años y 1 mes).

La sentencia de la Audiencia de Álava fue recurrida por la Fiscalía y por 13 de los 15 condenados. Tras estudiar todas argumentaciones el Supremo ha confirmado con puntuales correcciones técnicas los hechos probados por la sentencia de instancia de Álava así como la mayoría del resto de las condenas.

Sánchez Alegría es absuelto

Tan solo ha absuelto de todos los cargos al presidente de los Parques Tecnológicos del País Vasco, Julián Andrés Sánchez Alegría (que había sido condenado a 14 años de inhabilitación), por no aportarse prueba suficiente de que llegara a conocer las irregularidades en que incurrieron los procedimientos que llevaron a la adjudicación de contratos a favor de dos entidades.

Además el alto tribunal ha revisado ligeramente a la baja las condenas impuestas a Iñaki San Juan, Josu Montes, Jon Iñaki Echaburu y Alfonso Arriola, mientras que mantiene las de Iratxe Gaztelu-Urrutia, Ainhoa Bilbao, Sergio Fernández Oleaga y Justina Angulo.

En su sentencia el TS dice que los tres exdirigentes nacionalistas, prevaliéndose de su capacidad de influencia política como miembros de la ejecutiva alavesa del PNV y de su compañerismo político con personalidades que ocupaban puestos de relevancia en la administración autonómica y municipal, se concertaron para favorecer que determinados organismos de la administración adjudicaran contratos de obras o de servicios a empresarios que estuvieran dispuestos a pagarles una comisión.

Supremo confirma caso de Miguel
Imagen de 2018 de Alfredo de Miguel en las inmediaciones de la Audiencia Provincial de Álava. EFE/David Aguilar.

Facturaban servicios ficticios

Para encubrir el cobro de estas comisiones, los acusados constituyeron varias sociedades que facturaban servicios ficticios a los empresarios beneficiados, bajo la titularidad de testaferros, para aparentar que no eran de su propiedad.

La sentencia también condena a De Miguel, Telleria y Otxandiano por influir en que algunos de los contratos administrativos fueran directamente adjudicados a sus sociedades, hasta el punto de que la Administración les abonó unos trabajos que no realizaron nunca.

Estos contratos fueron otorgados por organismos públicos también regidos por miembros del PNV, concretamente por el Parque Tecnológico de Álava, el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, los municipios alaveses de Lapuebla de Labarca, Zigoitia y Zambrana, así como por las Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava cuyos presidentes pertenecían a esa agrupación política.

Para la adjudicación de los contratos, la sentencia explica que los condenados aprovecharon su influencia política sobre algunos de los integrantes de esas corporaciones y que los colaboradores, además de contravenir el procedimiento de tramitación administrativa, propusieron la adjudicación por amiguismo con los exdirigentes del PNV.