Varios viandantes pasan ante una promoción de viviendas en construcción en el barrio madrileño de El Cañaveral. EFE/Chema Moya

El Principado exigirá la autorización de la comunidad de vecinos para los pisos turísticos

Oviedo (EFE).- El Principado impulsará una modificación legislativa para regular las viviendas de uso turístico que exigirá el consentimiento por parte de la comunidad de vecinos para las viviendas de uso turístico -pisos- que junto a las vacacionales -casas unifamiliares- suman en Asturias unas 6.000.

Así lo ha anunciado este jueves la vicepresidenta del Principado y consejera de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo, quien ha preciado que los cambios en los que trabaja la administración autonómica para modificar la ley vigente así como sobre un decreto de 2016 introducen la figura de “zonas turísticamente protegidas”, que serán de “cogobernza” con las entidades locales.

En Asturias hay registradas 5.696 viviendas para turistas (2.016 viviendas vacacionales y 3.680 viviendas de uso turístico), según el estudio que está elaborando un equipo multidisciplinar de la Universidad de Oviedo, que constituyen, en total, el 33,3% de la oferta de alojamientos turísticos.

El número de pisos de este tipo creció exponencialmente tras la pandemia: en el periodo 2010-2019 abrieron una media de 250 al año, cifra que se ha disparado hasta los 605 desde 2020 hasta ahora.

La reforma legislativa, que plantea una serie de cambios e incorporaciones a la normativa vigente para fomentar la calidad y la sostenibilidad, centra las modificaciones en la definición de zonas turísticas protegidas, el registro telemático, el alquiler íntegro de la vivienda, la cogobernza, las comunidades de propietarios y sanciones más duras.

Se establece el concepto de zona turística protegida para aquellas áreas donde se superen los niveles máximos de oferta y demanda turística o donde se pongan en riesgo el medio ambiente o los recursos turísticos básicos.

Los propietarios de pisos turísticos deberán presentar por vía electrónica ante la Administración, con antelación al inicio de la actividad, una declaración responsable de conocimiento y cumplimiento de los requisitos exigibles, y en caso de incumplimiento, se suspenderá la actividad y el propietario no podrá reabrir durante un periodo que puede alcanzar los cuatro años.

Además, no se permitirá el arrendamiento de la vivienda por habitaciones y se añade la exigencia de cumplimiento de normas de accesibilidad y sostenibilidad, de manera que los pisos turísticos tendrán que disponer de medidores o contadores individuales de agua y de otros suministros energéticos vinculados.

Para favorecer la corresponsabilidad, la reforma propuesta recoge que, en cualquier caso, las entidades locales podrán establecer limitaciones en el ejercicio de sus competencias, en particular las urbanísticas, y por razones imperiosas de interés general, suficientemente justificadas y proporcionadas.

Si el título constitutivo o los estatutos no impiden el uso turístico, será necesario disponer de un acuerdo expreso de las personas propietarias en la que la mayoría de estas, o de cuotas de propiedad, acepten la posibilidad de la comercialización turística de las viviendas.

Las sanciones se endurecerán con apercibimientos a multas que pueden alcanzar los 100.000 euros en casos de incumplimientos muy graves y pueden conllevar la clausura de establecimientos.

En este momento, una comunidad de vecinos puede prohibir el uso de viviendas de uso turístico en su inmueble, si bien la mayoría de ellas no tienen recogido un pronunciamiento en sus estatutos que contemple ese destino, algo que supone una realidad nueva en un modelo que se remonta a 2010.

Desde la aprobación de la nueva normativa, el propietario de las viviendas de uso turístico dispondrá de un plazo de seis meses para aportar la autorización expresa de la comunidad de vecinos o una modificación de estatutos del inmueble.

Llamedo ha destacado el “consenso” entre los grupos parlamentarios sobre la necesidad de abordar la normativa de viviendas de uso turístico, y confía en que las formaciones políticas con representación en la Junta General tengan el “mismo interés” que el Ejecutivo asturiano en dar “respuesta a una realidad que se está viendo día a día en las ciudades y pueblos”.

Asimismo, los cambios introducen las “zonas turísticamente protegidas”, reguladas en la actualidad bajo la figura que las declara como “saturadas”, que tendrán un procedimiento de aprobación similar al vigente, por el Consejo de Gobierno y se realiza mediante decreto, puede ser a instancias del Ejecutivo o trasladado por los ayuntamientos.

Llamedo ha considerado “muy importantes” los datos turísticos en el Principado referidos a los primeros meses de este año, con un incremento del 18 por ciento en el mes de enero, que registra subidas en el número de visitantes extranjeros, así como atendiendo al tráfico registrado en el aeropuerto de Asturias, de 14 por ciento. EFE