Entrada de la Audiencia Provincial de Asturias. EFE/J.L.Cereijido/Archivo.

El Principado tendrá un canal para recibir denuncias de corrupción que podrán ser anónimas

Oviedo (EFE).- El Principado de Asturias dispondrá de un canal interno de información para recibir comunicaciones de personas que denuncien presuntos casos de corrupción que afecten a la administración autonómica y que podrán tener carácter anónimo, según el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno la pasada semana y que hoy publica el Boletín Oficial (BOPA).

Las normas reguladoras del Sistema Interno de Información del Principado desarrollan la ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que entró en vigor el pasado 13 de marzo y que supone la adaptación o transposición a la legislación española de una directiva europea aprobada en 2019.

Dicha normativa contempla proteger a las personas que informen sobre casos de corrupción e infracciones en sus empresas o en la administración, con sanciones que pueden llegar al millón de euros para quienes tomen represalias contra estos denunciantes.

Denuncias confidenciales

El texto aprobado por el Ejecutivo asturiano contempla que el canal interno permita comunicaciones por escrito o verbalmente, o de las dos formas y que la información llegue por escrito, a través de correo postal o a través de cualquier medio electrónico habilitado al efecto, o verbalmente, por vía telefónica o a través de sistema de mensajería de voz.

Además, a solicitud de la persona informante, también podrá presentarse mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días y podrá indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones.

Por su parte, el responsable del Sistema interno de información, que será designado por el Gobierno, deberá guardar el debido secreto respecto de cualquier información de la que tenga conocimiento por esta vía y, salvo cuando el informante solicite expresamente lo contrario, se guardará confidencialidad respecto de su identidad así como sobre la posibles afectados por su denuncia.

Descripción concreta de los hechos

La información remitida deberá contener una descripción de los hechos “de la forma más concreta y detallada posible, identificando, siempre que fuera posible” a quienes hubieran participado y que guarden relación con la actividad y funcionamiento del Principado; la fecha en que se produjeron y las personas u órganos a los que se hubiera remitido previamente la información.

Las denuncias serán inadmitidas si carece de verosimilitud; si no guardan relación con el Principado; si no aportan nueva información respecto a procedimientos terminados o que hayan sido obtenidas mediante la comisión de un delito, en cuyo caso se remitirán a la Fiscalía.

Una vez admitida la denuncia, las labores de investigación comprenderán, cuando sea posible, una entrevista con la persona afectada a la que, con respeto a la presunción de inocencia, se invitará a exponer su versión y a aportar los medios de prueba que considere adecuados y pertinentes.

Además, la persona afectada tendrá acceso al expediente aunque omitiendo los elementos que le permitieran identificar al informante y podrá ser oído en cualquier momento y contar con la asistencia de un abogado.

Tres meses para su investigación

Concluida la investigación, para la que se fija un periodo de tres meses tras recibir la información, el expediente podrá ser archivado o remitido al órgano competente del Principado para perseguir los hechos o conductas dentro del ámbito de aplicación material de la ley y a la Fiscalía cuando se aprecie que los hechos o conductas pudieran ser indiciariamente constitutivos de ilícito penal.

La ley hace además obligatorio que existan sistemas internos de recepción de denuncias de corrupción en empresas de más de 50 trabajadores, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que dependan de estos; universidades, sociedades y fundaciones que integran el sector público, corporaciones públicas y todos los órganos constitucionales.

Asimismo, fija la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, un canal autónomo y complementario al de cada institución, mediante el que cualquier persona podrá presentar denuncias anónimas. EFE