Sevilla, (EFE).- Los andaluces pueden desde este miércoles solicitar el voto por correo para las elecciones andaluzas que se celebrarán el próximo 17 de mayo, y quienes decidan optar por esta opción pueden pedir hasta el 7 de mayo el certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correo y puede solicitarse por vía telemática a través de la web http://www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza o el DNI electrónico (DNI-e), según ha informado Correos este miércoles.
Cita previa
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España y debe hacerse personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición.
En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la aplicación, la web de Correos o la Oficina Virtual y para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, que enviarán a los solicitantes, a partir del 27 de abril de 2026, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
De la misma forma, Correos recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que dicha documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual, y que el plazo de depósito del voto por correo finalizará el 13 de mayo. EFE