Una trabajadora de Correos entrega votos por correo en un colegio electoral.
Una trabajadora de Correos entrega votos por correo en un colegio electoral. EFE/ Salvador Sas

Este miércoles finaliza el plazo para depositar por correo en las elecciones de Aragón

Zaragoza (EFE).- Este miércoles, 4 de febrero, finaliza el plazo para depositar el voto por correo en las elecciones autonómicas a las Cortes de Aragón de este domingo.

El 4 de febrero será el último día que tienen los solicitantes para entregar su voto en el horario habitual de apertura de las oficinas de Correos en toda España, para que la compañía pueda garantizar la entrega de todos los sobres con votos en las respectivas mesas electorales durante la jornada electoral del 8 de febrero, dentro de los plazos legalmente establecidos.

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Correos recomienda a la ciudadanía que no espere hasta el último día y aprovechen la amplitud horaria de las oficinas postales.

De acuerdo con las instrucciones de la Junta Electoral Central, en este proceso electoral se exige la entrega personal por el elector en las oficinas de Correos de la documentación necesaria para ejercer el voto por correo.

Requisitos

Para depositar el voto, el elector deberá identificarse mediante la presentación del DNI, pasaporte o permiso de conducir originales, o cualquier otro documento válido que permita su identificación, debiendo el personal de Correos proceder a su comprobación.

Las personas que solicitaron el voto por correo pero no puedan acudir personalmente a la oficina de Correos deberán otorgar una autorización para que la entrega sea realizada por otra persona en su nombre, recuerda Correos en un comunicado.

La autorización deberá estar firmada por el elector y acompañarse de la fotocopia de su DNI, pasaporte u otro documento oficial identificativo, así como de la fotocopia del documento identificativo de la persona autorizada.

Correos recomienda utilizar el modelo de autorización disponible en www.correos.es para facilitar la redacción del documento con todos los datos necesarios.

El personal de Correos no aceptará la entrega de documentación electoral perteneciente a otro elector sin la correspondiente autorización firmada, que deberá conservarse junto a las fotocopias de los documentos acreditativos para su remisión a la Junta Electoral correspondiente.