Un aula en un colegio de Teruel. EFE/Antonio García

Aragón acota el uso de pantallas en las aulas

Zaragoza (EFE).- El Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón ha publicado una orden por la que se regula el empleo apropiado y proporcionado de los recursos digitales de uso individual en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

La norma, que será aplicable a partir del próximo curso, culmina un proceso de elaboración que ha incluido la participación del Consejo Escolar de Aragón y un amplio procedimiento de información pública, ha informado este lunes el Ejecutivo autonómico en una nota de prensa.

Según ha explicado la consejera de Educación, Cultura y Deporte en funciones, Tomasa Hernández, esta iniciativa responde a la necesidad de proteger el desarrollo cognitivo, emocional y físico del alumnado, especialmente en edades tempranas, ante los riesgos asociados al uso inadecuado y prolongado de las pantallas.

La orden se apoya en evidencias científicas recientes, como el informe de la Dirección General de Salud Pública (2025) y publicaciones especializadas que alertan de los efectos negativos de la sobreexposición digital en menores.

Asimismo, atiende a la creciente preocupación de las familias y asociaciones educativas sobre la hiperconexión y su impacto en el rendimiento escolar y el bienestar del alumnado.

La nueva regulación impulsa un entorno de aprendizaje más analógico, de manera que refuerza el libro en papel, la escritura manual, el cálculo mental, la expresión oral y las destrezas básicas en todas las etapas.

Uso como complemento

Las herramientas digitales seguirán presentes, pero como un complemento necesario y nunca como eje vertebrador del proceso de aprendizaje-enseñanza.

La norma, que será de aplicación para educación Infantil, Primaria y ESO, apuesta por un acceso gradual, supervisado y adaptado al nivel de madurez del alumnado, garantizando al mismo tiempo la adquisición progresiva de la competencia digital en condiciones seguras y saludables.

La orden establece límites específicos para el uso de dispositivos digitales individuales (tabletas y miniportátiles) dentro del horario lectivo, de tal forma que en el primer ciclo (0-3 años) de educación Infantil se utilizarán únicamente recursos analógicos y manipulativos, mientras que en el segundo ciclo (3-6 años), su uso siempre será compartido y durante una hora lectiva semanal como máximo, bajo la supervisión del docente.

En Primaria, en el primer, el segundo, el tercer y el cuarto curso el tope de uso, siempre compartido, con carácter complementario y bajo supervisión docente, se sitúa en las dos horas semanales, para pasar a cuatro horas semanales en quinto y sexto.

En la ESO, en primero y segundo se permitirá hasta una hora diaria, es decir, cinco horas semanales, mientras que en tercero y en cuarto aumentará hasta las dos horas diarias (10 horas semanales).

En el resto de enseñanzas no universitarias, se utilizarán las tecnologías digitales armonizando su uso con los recursos analógicos.

La norma también especifica que pizarras digitales y otros dispositivos no individuales podrán seguir utilizándose, siempre con finalidad pedagógica y didáctica, excepto en el primer ciclo de educación Infantil, donde queda restringido su uso.

El texto prevé flexibilidad para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, que podrá utilizar dispositivos individuales cuando así lo establezca su informe psicopedagógico o médico. También se prevén autorizaciones excepcionales justificadas.

La orden recoge una moratoria para las licencias digitales ya adquiridas, por lo que en Primaria y ESO podrán usarse hasta agotar su vigencia (máximo curso 2027/2028) y en Infantil, hasta un máximo del curso 2026/2027.

Con el fin de fomentar la desconexión digital, la normativa recomienda además evitar que los alumnos realicen tareas académicas evaluables fuera del horario escolar utilizando dispositivos digitales.

Con esta regulación, Aragón se suma a otras comunidades que ya han regulado esta cuestión como Murcia, Madrid, Cataluña, Baleares o Asturias.