Madrid (EFE).- Un total de 32.715 ciudadanos formarán parte de las mesas electorales que van a constituirse el próximo día 29 de noviembre, con motivo de la celebración de elecciones a las Cortes Generales, personas que estarán repartidas entre las 3.635 mesas electorales que se constituirán en los 437 colegios electorales de la ciudad de Madrid.
El Ayuntamiento de Madrid ha celebrado este jueves un Pleno extraordinario -que ha arrancado con un minuto de silencio por las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo)- para seleccionar, mediante sorteo informático, a estos 32.715 ciudadanos.
3.635 mesas electorales
En el sorteo han sido elegidas las personas necesarias para cubrir las 3.635 mesas electorales (Villaverde es el distrito que más tendrá) que se constituirán en los 437 colegios electorales de la ciudad de Madrid. Esta cifra supone tres colegios más que en las últimas elecciones al Parlamento Europeo y 21 más que en las anteriores elecciones generales.
El incremento, según ha informado el consistorio madrileño, se debe a que, en los comicios de julio de 2023, algunos locales electorales no pudieron utilizarse por obras de acondicionamiento. En esta ocasión, se habilitarán 157 mesas más.
La información sobre el colegio electoral y la mesa asignados se recibe en la tarjeta censal que remite la Oficina del Censo Electoral y puede consultarse también en la sede electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es.
Integrantes de cada mesa
Cada mesa está integrada por un presidente y dos vocales, designándose adicionalmente dos suplentes para cada uno de estos tres miembros.
Es decir, el proceso informático designa un total de nueve electores por mesa, aunque sólo tres de ellos actuarán el día de las elecciones. Estas personas se eligen de entre los votantes inscritos en cada mesa, cifra que varía desde los 987 que corresponden a la mesa con más votantes, a los 338 que conforman la mesa con menos electores.
A las personas seleccionadas se le remitirá una notificación a su domicilio con acuse de recibo. Además, para evitar el desplazamiento a la oficina de correos en caso de haberse recibido un aviso por ausencia, la notificación se pondrá a disposición de los ciudadanos seleccionados en la sede electrónica del Ayuntamiento.
La condición de miembro de una mesa electoral es obligatoria, por lo que las causas que impidan desempeñar el cargo deberán justificarse documentalmente ante la Junta Electoral de Zona de Madrid (calle de Manuel Luna, 29), órgano competente para su resolución.
Las justificaciones también podrán presentarse a través del formulario electrónico habilitado en la sede electrónica del Ayuntamiento.
Las personas designadas presidente o vocal de una mesa que tengan entre 65 y 70 años podrán renunciar al cargo.
Causas de renuncia
Las causas de renuncia del resto de ciudadanos son estas: tener una discapacidad igual o superior al 33 %, haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, médicos y personal sanitario de guardia o los que sufran grave trastorno por razón de las cargas familiares, entre otras.
La no presentación de los electores designados al acto de constitución de las mesas el día 29 de noviembre se considera delito electoral y las penas son prisión de tres meses a un año o de multa de seis a veinticuatro meses.
El presidente y los dos vocales tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, si dicho día afecta a su jornada laboral; a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente y a una dieta de 75 euros.









