València (EFE).- La Guardia Civil de Tráfico ha interceptado en el municipio valenciano de Moixent a un hombre de 64 años que, bajo los efectos de las drogas, había circulado, de noche y con un turismo con un remolque tipo caravana, unos 27 kilómetros de distancia en sentido contrario por las autovías A-35 y A-33.
Según ha informado este sábado la Guardia Civil en una nota de prensa, los hechos tuvieron lugar la noche del pasado 26 de marzo, cuando varias llamadas al Centro de Emergencias 112 de la Comunitat Valenciana alertaron de un turismo con remolque circulando en sentido contrario al estipulado en la A-33 a la altura de la Font de la Figuera (Valencia).

La Central Operativa de Tráfico movilizó entonces dos patrullas, una del Destacamento de Tráfico de Xàtiva y otra de Alzira, que interceptaron al conductor y le retiraron ya en la autovía A-35, a la altura del término municipal de Moixent, tras haber recorrido una distancia aproximada de 27 kilómetros de noche en «grave situación de peligro».
Un Equipo de Investigación de Sinestros Viales investiga ahora al conductor, de 64 años y nacionalidad española, como presunto autor de dos supuestos delitos contra la seguridad vial, al conducir un vehículo a motor con temeridad manifiesta y bajo influencia de drogas, dado que el hombre, además, dio positivo en la prueba de drogas, pendiente de confirmación por el laboratorio.
Las diligencias instruidas por este caso se han entregado en el Juzgado en funciones de guardia de Xàtiva (Valencia).

El Código Penal y la conducción temeraria
Según recuerda la Guardia Civil, el Código Penal prevé penas por la comisión de un delito de conducción con temeridad manifiesta poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas, recogido en el artículo 380.1, consistentes en prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.
A su vez, por la comisión de un delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas, recogido en el artículo 379.2, prevé pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
La Guardia Civil recuerda asimismo que la conducción bajo los efectos del alcohol representa un grave riesgo para la seguridad vial, siendo una de las principales causas de siniestros viales que además puede conllevar, la pérdida de vidas humanas irreparables. Por ello, insiste en la importancia de no conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, y en la necesidad de mantener una atención permanente a la conducción.
Invita, además, a los ciudadanos a colaborar comunicando cualquier conducta de riesgo para la seguridad a través del teléfono 062, contribuyendo así a prevenir siniestros viales y proteger a todos los usuarios de la vía.








