CORTES LUZ
Una torre de transporte de energía perteneciente a Red Eléctrica. EFE/Luis Tejido

El Gobierno prohíbe expresamente cortar la luz a las personas que cuya vida o salud depende de algún dispositivo eléctrico

Madrid (EFE).- Las comunidades autónomas y las entidades locales podrán declarar como esenciales los suministros de los beneficiarios del bono social eléctrico para evitar que se les corte la luz en caso de impago de la factura.

Así lo ha señalado la vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que ha aprobado este martes un real decreto que aprueba el reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.

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Prohibición de cortes a consumidores electrodependientes

Este texto incluye la prohibición de cortar el suministro a los consumidores electrodependientes y también que las comunidades autónomas y las entidades locales podrán prohibir la interrupción de suministro a los hogares acogidos al bono social que incurran en impago, al declararlos esenciales.

CORTES LUZ
Contador de la luz general en una vivienda. EFE/Juan Carlos Hidalgo

Asimismo, se ha actualizado el procedimiento de corte de suministro por impago, al revisarse los gastos de desconexión y reconexión, o el precio de anulación y reposición de contratos, entre otros aspectos de protección general, como la prohibición de efectuar la interrupción en días festivos o en vísperas de festivos.

Además, el gestor de la red transporte deberá remitir al Ministerio información sobre el número de cortes de suministro y sus razones cada tres meses.

En el caso de que un consumidor con bono social quiera cambiar al mercado libre, el nuevo comercializador, además de presentarle la estimación anual de la diferencia entre el precio que paga y el que pagará tras el cambio, como a cualquier consumidor, deberá recabar su consentimiento expreso e informar mensualmente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).