Madrid (EFE).- El Congreso ha aprobado definitivamente la proposición de ley que regula el paso de los mutualistas al régimen de autónomos de la Seguridad Social (RETA), una pasarela de la que finalmente quedan excluidos quienes ya cobran la pensión de jubilación de su mutualidad profesional, pero que se ha abierto a todos los demás.
Los vaivenes de la tramitación parlamentaria han configurado una ley que queda algo lejos de la proposición inicial del PSOE, con la que se pretendía acabar con el sistema de jubilación alternativo de las mutualidades en 2027 y que proponía una pasarela al RETA algo más restringida, ya que estaba cerrada a quienes ya tuvieran quince años cotizados a la Seguridad Social y, por lo tanto, derecho a una pensión pública mínima.
El texto definitivamente aprobado este jueves mantiene la alternatividad (se podrá aportar a la mutualidad, a la Seguridad Social o a ambas) y abre a todos los mutualistas la pasarela que permitirá convertir las aportaciones a la mutualidad en cotizaciones a la Seguridad Social, aunque se quedan fuera quienes ya están jubilados.
Ningún grupo parlamentario ha quedado plenamente satisfecho con el texto, pero todos han reconocido que supone un importante avance para hacer justicia a aquellos profesionales (principalmente abogados y procuradores) que se vieron obligados en un primer momento a asumir el sistema de jubilación alternativo de su mutualidad profesional y cuyas pensiones han resultado ser claramente insuficientes.

Durante el trámite en el Congreso el PP introdujo «por error», según han dicho durante el debate los portavoces de ERC y Sumar, una enmienda que extendió la pasarela a quienes ya están cobrando la pensión, un cambio que el mismo PP deshizo con otra enmienda en el Senado y este jueves PP y PSOE han sumado sus votos para dejar fuera a los pensionistas de las mutualidades.
El diputado de Sumar Enrique Santiago ha criticado una decisión que impedirá a pensionistas que hoy cobran menos de 600 euros poder llegar a una pensión pública de unos 1.200 euros, una diferencia que defiende que tendrían que haber pagado las mutualidades.
Por el contrario, se mantienen otros cambios introducidos en el Senado como el acceso a la pasarela de canje de aquellos mutualistas que siguen en activo y perciben una pensión de viudedad.
El Gobierno tiene 3 meses para fijar las condiciones
La ley da un plazo de tres meses al Gobierno para que elabore un reglamento que establecerá los términos y condiciones para solicitar la trasferencia de derechos económicos a la Seguridad Social.
También fija el coeficiente de mejora (entre el 0,67 y el 0,87), que antes dejaba para un desarrollo posterior, que se aplicará a la base mínima de cotización con el fin de tener en cuenta las contingencias excluidas a la hora de calcular los periodos de cotización.
Además, cada mes aportado a la mutualidad se convertirá en un mes cotizado a la Seguridad Social de cara al futuro cálculo de la pensión para todas las personas que se hicieron mutualistas con anterioridad al 10 de noviembre de 1995.
Este canje se aplicará a todo lo aportado a una mutualidad a aquellos mutualistas que hayan cumplido los 52 años o más a 31 de diciembre de 2026 cuando se acceda con la edad ordinaria.
Los mutualistas tendrán un año desde la entrada en vigor de esta ley para solicitar la transferencia voluntaria de los derechos económicos acumulados en las mutualidades a la Seguridad Social.










