Madrid (EFE).- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) desestima en dos fallos los recursos de apelación que el Ayuntamiento de Madrid, la asociación Raíces y Vox habían interpuesto contra dos sentencias que impugnaban, tal y como pedían UGT y el grupo municipal del PSOE, un acuerdo plenario para retirar los nombres de la avenida Largo Caballero y el bulevar Indalecio Prieto.
El 29 de septiembre de 2020, el pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó una proposición de Vox para “retirar de la ciudad e Madrid los nombres de la avenida Largo Caballero y del bulevar de Indalecio Prieto”, así como la placa situada en la plaza de Chamberí dedicada a Francisco Largo Caballero.
La proposición de Vox también instaba la retirada de las estatuas erigidas en Nuevos Ministerios en memoria de Largo Caballero.
El grupo municipal del PSOE y el sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) llevaron a la Justicia este acuerdo plenario, y dos juzgados dictaron sendas sentencias en las que estimaron ambos recursos contenciosos-administrativos.
Los recursos del Ayuntamiento, Vox y Raíces
En el proceso judicial relativo a UGT, el Ayuntamiento, la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces, Javier Ortega Smith (portavoz municipal de Vox), el grupo municipal de Vox y el partido político de Vox interpusieron recursos de apelación contra la sentencia previa, dictada el 18 de julio de 2022 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid, que vino a impugnar el acuerdo plenario del 29 de septiembre de 2020.
En cuanto al proceso del PSOE, también interpusieron recursos de apelación contra la sentencia que impugnaba el acuerdo plenario tanto el Ayuntamiento de Madrid como la asociación Raíces, Ortega Smith, el grupo municipal de Vox y el partido político Vox.
Ahora, en dos fallos a los que ha tenido acceso Efe este miércoles, la Sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM desestima los recursos de apelación en ambos procesos e impone a los recurrentes, por partes iguales, las costas procesales, con el límite máximo indicado de 3.000 euros.
Contra estas dos sentencias cabe recursos de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo si el recurso pretende fundarse en infracción de normas de Derecho estatal o de la Unión Europea.
PSOE y UGT pedirán que se vuelva a colocar la placa de Largo Caballero en la plaza de Chamberí
La portavoz del grupo municipal del PSOE en el Ayuntamiento, Reyes Maroto, señala en un audio remitido a la prensa que están “muy satisfechos” porque el TSJM les da “la razón”.

“Con esta sentencia, se restituye el honor y el nombre, y vamos a exigir la reconstrucción de la placa de Largo Caballero, destrozada a martillazos, y también su recolocación en el lugar del que nunca debió retirarse: la plaza de Chamberí”, añade la portavoz municipal del PSOE y exministra de Industria, Comercio y Turismo.
También UGT exigirá al Ayuntamiento de Madrid que “cumplan la sentencia, reponiendo de inmediato la placa en la fachada de la Junta de Distrito de Chamberí (que se dedicaba a Largo Caballero), tras su reconstrucción, haciendo constar que fue destruida al retirarla ilegalmente de la citada fachada”, subraya el sindicato en un comunicado.