Audiencia Nacional Bejamin Netanyahu
Imagen de archivo de la Audiencia Nacional. EFE/Kiko Huesca

La Audiencia Nacional dictamina que no es competente para investigar a Benjamin Netanyahu

Madrid (EFE).– El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha rechazado y archivado la querella presentada contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y varios altos mandos del Ejército por el asalto y abordaje de la embarcación Madleen, integrada en la misión civil internacional Flotilla de la Libertad con destino a Gaza, el pasado 8 de junio.

El auto del juez, que se apoya en el informe de la Fiscalía contrario a la admisión de la denuncia, considera que los hechos no son competencia de la Audiencia Nacional por la falta de jurisdicción de los tribunales españoles conforme a Ley Orgánica 1/2014 de jurisdicción universal, al estar siendo investigado Netanyahu y otros altos mandos en la Corte Penal Internacional (CPI).

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Una querella presentada por un miembro de la Flotilla

La querella fue presentada por el español Sergio Toribio, miembro de la Flotilla de la Libertad en España, y por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe- y se dirigía, además de contra Netanyahu, contra el ministro de Defensa, Israel Katz; el vicealmirante David Saar Salama, los altos mandos de la Unidad Shayetet 13, encargada del abordaje, y contra el excomandante y actual portavoz del Ejército israelí, Daniel Hagari.

Estos hechos, según los querellantes, eran constitutivos de un delito de lesa humanidad (con detención ilegal y deportación) y de otro delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.

“El contenido de la querella impide la atribución del conocimiento de esta a la jurisdicción española al no concurrir los presupuestos del artículo 23.4 a) y b) de la Ley orgánica del Poder Judicial y debemos invocar la persecución de estos delitos, en el presente tiempo a la Corte Penal Internacional, regida por el Estatuto de Roma, ratificado por España, que tiene carácter permanente y autónomo”, concluye el instructor.

La reforma de la llamada ley de justicia o jurisdicción universal, auspiciada por el Gobierno del PP en 2014, «acota», según recuerda el juez, los límites de la jurisdicción española para investigar delitos cometidos fuera de España, siendo los de lesa humanidad y crímenes de guerra o conflicto armado, «los que han quedado apartados del principio de justicia universal, salvo extraordinarios o rarísimos casos».