Madrid (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable y 25 años de cárcel impuestos a José Reñones por el asesinato en diciembre de 2021 de su pareja y de la hija de ambos, de once meses, en Liaño (Villaescusa).
La Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que avaló la resolución de la Audiencia, después de que un jurado popular le declarara culpable de ambos asesinatos.
La sentencia destaca la existencia de prueba suficiente para validar la doble condena impuesta y que fue valorada de forma acertada por el tribunal del jurado.
El Supremo destaca que se declaró probado que «al entrar la víctima y la niña en la finca, el recurrente, persona corpulenta y de gran envergadura y que no aceptaba la decisión de la mujer de poner fin a la convivencia, la atacó por sorpresa cuando ésta llegaba a la misma».

Añade que el condenado la golpeó «de forma brutal, reiterada y violenta con puñetazos y patadas en la cabeza, en la cara y en el cuerpo y la clavó un arma blanca», lo que provocó su muerte. Además mató a la niña estrangulándola y asestándole una puñalada.
La sentencia relata que José Reñones, que durante la relación había mantenido comportamientos despectivos, autoritarios y despreciativos hacia su pareja y hacia su hija, las mató en un acto de dominación machista.
«La decisión de la ruptura de la relación de pareja de la mujer es ‘contestada’ con el crimen de género y vicarial», indicó la resolución.

Para el Supremo, son «unos hechos execrables y sumamente graves» que podían haberse evitado con la detención del hombre al vulnerar la orden judicial de alejamiento.
Y agrega que era «evidente la peligrosidad del sujeto que estaba reiterando el quebrantamiento, lo que dejaba claro el elevado riesgo que conllevaba permitir que pudiera acercarse a las víctimas como lo hizo, acabando con la vida de las dos”.
José Reñones es la primera persona a la que la Audiencia de Cantabria impone la máxima pena de prisión permanente revisable.