Madrid (EFE).- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha decidido no sancionar al juez Eloy Velasco que llamó «cajera de Mercadona» a la eurodiputada Irene Montero, así como tampoco al juez Manuel Ruiz de Lara, que se refirió a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, como «barbigoña».
Fuentes jurídicas informan este martes de que la Permanente ha acordado por mayoría archivar sendos expedientes. Los vocales Ricardo Bodas, José María Fernández Seijo y Lucía Avilés, del bloque progresista, han anunciado la formulación de voto particular.
Y ello pese a que la propuesta del promotor de la acción disciplinaria era de multa de 501 a 6.000 euros por la comisión de una falta grave (desconsideración). La Fiscalía proponía el archivo.
El mensaje de Eloy Velasco
«Nos intentaron explicar qué es consentir… A un jurista, que llevamos desde el derecho romano sabiendo lo que es el consentimiento […] y mil cosas más que nunca aprenderá Irene Montero desde su cajero de Mercadona», dijo Velasco en un foro el 13 de noviembre de 2024, lo que llevo al promotor a abrir una diligencia para determinar si incoaba un expediente disciplinario.
Las palabras del juez Velasco fueron contestadas por la exministra de Igualdad, que le recordó las directrices de la ONU sobre los estereotipos y los prejuicios de género en el sistema de Justicia.
«De cajera a juez Velasco: cumpla la ley y póngase a estudiar», indicó Montero.
En origen, el promotor consideró que las manifestaciones del juez carecían de relevancia disciplinaria porque fueron realizadas en un debate, al margen de su actuación judicial, y porque abordó un tema de actualidad -el consentimiento- sobre el que existía polémica.
Pero la Comisión Permanente le ordenó incoar expediente disciplinario, por lo que el promotor elevó su propuesta de sanción, que finalmente ha sido rechazada.
Ruiz de Lara, sobre Begoña Gómez en X
Lo mismo ocurrió con el juez Manuel Ruiz de Lara, que publicó mensajes en la red social X en los que se refería a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, como «barbigoña».
El promotor propuso archivar la diligencia informativa que abrió para valorar si procedía o no incoar un expediente disciplinario a este magistrado con el que poner en marcha una investigación.
Sin embargo, una vez más, la Comisión Permanente acordó revocar esta propuesta de archivo e instó al promotor a investigar si esos mensajes merecen sanción, que es justo lo que propuso, sin éxito.
En su momento, la Comisión Permanente consideró el carácter novedoso del caso, ya que no hay jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el uso de redes sociales por parte de jueces, y que era la primera vez que este Consejo se enfrentaba a un asunto de este tipo.