Madrid (EFE).- La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), con el voto de calidad de la presidenta, Isabel Perelló, ha abierto la puerta a sancionar al juez Juan Carlos Peinado, que investiga a Begoña Gómez, por sugerir que sus escoltas podrían ayudarla a huir del país.
En concreto, lo que ha hecho la Comisión es remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dos diligencias informativas abiertas tras quejas presentadas contra el magistrado para que valore si pudo incurrir en una falta leve de desconsideración en esa alusión a los escoltas, y en otra de retraso con relación a otro procedimiento, según el CGPJ.
Una decisión que ha salido adelante con el apoyo de los tres vocales encuadrados en el sector progresista y el de la presidenta del CGPJ, que cuenta con voto de calidad, y con la oposición de los miembros del ala conservadora, que han anunciado votos particulares, según informan a EFE fuentes jurídicas.
El promotor de la acción disciplinaria del Consejo propuso archivar las dos quejas contra Peinado, si bien la Comisión, por mayoría, estima que su actuación podría ser motivo de sanción, algo que deberá decidir ahora el TSJM.
Porque, según la Ley Orgánica del Poder Judicial, son competentes para la imposición de sanciones por faltas leves los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia o las Salas de Gobierno de esos órganos judiciales.
Pasaporte de Begoña Gómez
Hace varias semanas la Comisión Permanente remitió al promotor de la acción disciplinaria el auto en el que Peinado retiró el pasaporte a la mujer del presidente del Gobierno -una medida ya revocada-, al apuntar que sus escoltas podrían «ser precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia».
A diferencia del promotor, que propuso el archivo, la Comisión Permanente considera que hay precedentes en la jurisprudencia del Tribunal Supremo que permiten sancionar el uso de esas expresiones sin «un requisito de procedibilidad».
La otra queja que ha sido derivada al TSJM la presentó un particular por un retraso injustificado del juez en la tramitación de otro procedimiento, algo que, según la Comisión, podría constituir una falta leve.
Cuatro quejas archivadas, incluida la de Bolaños
La Comisión Permanente sí ha compartido la propuesta del promotor de la acción disciplinaria de archivar cuatro quejas interpuestas contra Peinado, incluida la del ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por su interrogatorio como testigo en la causa de Begoña Gómez.
Para la Comisión, la petición del magistrado de un vehículo oficial para acceder al Palacio de la Moncloa o de una tarima para ubicarse físicamente en una posición más alta al ministro, son cuestiones accesorias a su declaración basadas en interpretaciones de las normas que pueden ser discutibles, pero que no alcanzan relevancia disciplinaria.
Por mayoría, la Comisión cree que la actitud del juez Peinado «no supuso la vulneración de ningún derecho del testigo» y «no hubo desconsideraciones explícitas», aunque reconoce que la diligencia se desarrolló en un clima de tensión.
Otra de las quejas archivadas la presentó Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez e investigada junto a ella, por la filtración a OKdiario del contenido de una providencia que aún no se había dictado, ya que, según el promotor, no está acreditado que fuese el juez.
Esta decisión ha contado con el voto particular concurrente del vocal Caros Hugo Preciado, según fuentes jurídicas.
Los vocales también han tomado conocimiento de la propuesta de archivo de las quejas del grupo municipal Más Madrid y el diputado socialista en la Asamblea de Madrid Guillermo Hita, por haber acordado fuera de plazo la prórroga de la instrucción de una causa por presunta malversación contra el exgerente de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), Alfonso Sánchez Vicente, que finalmente fue archivada.
Por último el CGPJ ha validado, por unanimidad, la decisión del promotor de la acción disciplinaria de archivar otra queja por no permitir declarar por videoconferencia en un proceso, en el que además supuestamente trató con desconsideración a los letrados y acordó medidas cautelares desproporcionadas.










