Madrid (EFE).- El juez del caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rectificado su decisión de rechazar en su totalidad el incidente de nulidad que planteó el expresidente José Luis Rodríguez Zapatero por presentarlo fuera de plazo, al comprobar que algunas de las resoluciones que pide que se anulen le fueron notificadas con posterioridad y por tanto ese plazo no habría vencido para todas ellas.
En un auto al que ha tenido acceso EFE, el magistrado rectifica parcialmente la inadmisión a trámite del incidente de nulidad del expresidente y acepta pronunciarse sobre la posible exclusión de algunas de las resoluciones dictadas en este procedimiento.
El juez ha adoptado esta decisión a la luz de un escrito presentado por el abogado de Zapatero, al que le da parcialmente la razón tras comprobar que se le dio acceso a determinados documentos de la causa unos días más tarde de lo que inicialmente se había considerado, por lo que su recurso estaba dentro del plazo.
Según el auto, quedan fuera de la admisión a trámite del incidente de nulidad, por estar fuera de plazo, las resoluciones 9 a 12 recurridas, relativas a los registros en las oficinas del expresidente y varias empresas o la de la formación de pieza separada por la aparición de unas joyas en la oficina del expresidente del Gobierno.

Estas últimas, dice el juez, podrían verse afectadas si se decidiera una eventual nulidad de las otras resoluciones del caso Plus Ultra que se van a estudiar, las del 1 al 8, al ser la mayoría relativas a diversas actuaciones acordadas por el Juzgado 15 de Madrid antes de enviar la causa a la Audiencia Nacional.
De ser aceptadas estas, que son las que dan lugar al inicio de esta causa, en la que se investiga a Zapatero por un presunto delito de tráfico de influencias que facilitó que el Gobierno autorizara el préstamo de 53 millones de euros a Plus Ultra, el resto de resoluciones decaerían.
El magistrado, que el pasado 24 de julio rechazó el incidente de totalidad, ha comprobado ahora que las partes no tuvieron acceso a las diligencias de la investigación incoadas por la Fiscalía Anticorrupción bajo número 1/2025 hasta el 29 de mayo de 2026, fecha en la que ha se situarse el inicio del plazo, con lo que este vencía el 26 de junio.
«Consiguientemente, el escrito presentado por la representación procesal de José Luis Rodríguez Zapatero, tal y como dicha parte alega, se encuentra presentado dentro del plazo legalmente establecido”, reconoce Calama.
De este modo, las resoluciones que será revisadas serán «exclusivamente» las que no pudieron ser recurridas en forma al haber permanecido bajo secreto hasta que la causa llegó a la Audiencia Nacional.
Ese es el caso del auto por el que el Juzgado de Instrucción 15 de Madrid acordó la apertura de esta causa, dictado el 28 de noviembre de 2025, o el que dictó el 9 de diciembre de 2025 autorizando diversas entradas y registros.
Esto último fue a raíz de la detención del considerado testaferro de Zapatero, el empresario Julio Martínez, así como la del entonces presidente de Plus Ultra Julio Martínez Sola y del CEO de la empresa Roberto Rosselli, quienes entonces se acogieron a su derecho a no declarar y ahora han optado ahora por admitir la presunta implicación del expresidente del Gobierno en las gestiones para conseguir el préstamo para la aerolínea.










