Barcelona (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado amnistiar ya a los excargos de ERC en el Govern Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, a la espera de que la justicia europea resuelva las cuestiones prejudiciales que le planteó, porque la sentencia del TJUE que avaló la ley no «responde» a todas sus reservas.
Jové y Salvadó están acusados de malversación, prevaricación y desobediencia por su papel en la organización del 1-O cuando ejercían como altos cargos en la consellería de Economía en la etapa de Oriol Junqueras (ERC) durante el ‘procés’.
Antes de resolver si los amnistiaba, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña decidió dejar en suspenso el proceso que afecta a los dos exaltos cargos y elevar cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante las dudas que le suscitaban varios artículos de la ley relativos a la protección de los caudales públicos y la persecución de la corrupción.
En un auto, la sala civil y penal del alto tribunal desestima la petición que plantearon los exaltos cargos de ERC para que se les aplicara ya la amnistía una vez el TJUE avaló la ley del olvido penal en su sentencia del pasado 16 de julio, al considerar que los argumentos esgrimidos entonces por la justicia europea «no alcanzan a responder» todas sus reservas.
Un proceso diferente
Las preguntas planteadas por el TSJC coinciden en el fondo con las que planteó el Tribunal de Cuentas sobre la malversación en el ‘procés’ y que la justicia europea resolvió en julio pasado avalando la amnistía, pero las que atañen a Jové y Salvadó se tramitan en un proceso diferente.
Pese a reconocer que la sentencia del 16 de julio contiene «una batería de consideraciones que sin esfuerzo pueden resultar transpuestas y ofrecer respuesta a algunas de las premisas que alimentaron las reservas de adecuación normativa» que expresó el TSJC cuando elevó las prejudiciales al TJUE, el tribunal remarca que la naturaleza de los procedimientos «difiere radicalmente».
Por ello, el TSJC decide mantener «en los mismos términos» las cuestiones prejudiciales planteadas en 2024, «sin perjuicio de que las partes que sostienen la identidad y plena correspondencia entre los pronunciamientos ya efectuados y el que sigue pendiente puedan reproducir sus pretensiones ante el propio TJUE».
Cuando Jové y Salvadó pidieron que se les aplicara ya la amnistía, la Fiscalía evitó pronunciarse sobre la petición y ya avisó de que, pese a haber «determinados puntos comunes», «no se advierte una completa identidad» entre ambos procedimientos.










