El miembro de La Manada Ángel Boza, en una imagen de archivo. EFE/Pepo Herrera

Un condenado de la Manada pide revisar su pena tras la ley del “solo sí es sí”

Pamplona (EFE).- El abogado de los miembros de la Manada, Agustín Martínez, ha solicitado este lunes en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra una solicitud de revisión de condena para Ángel Boza, en aplicación de la llamada ley del “sólo sí es sí”.

Boza, al igual que los otros cuatro integrantes de la Manada, fue condenado por la violación grupal a una joven madrileña en los Sanfermines de 2016.

El letrado, ha informado el TSJN, pide una rebaja desde los 15 años a los que fue condenado a 13 años y 9 meses. Se da un plazo de 5 días al fiscal y la acusación particular para que expresen su postura.

El miembro de la Manada Ángel Boza ha pedido revisar su pena tras la ley del "solo sí es sí"
El miembro de la Manada Ángel Boza, en una imagen de archivo. EFE/ Raúl Caro

En el caso de los otros condenados no sería posible pedir la revisión de la pena por acumular más de una condena o sumar veinte años o más.

La ley del “solo sí es sí” y su modificación

Motivada por la oleada de manifestaciones feministas tras la polémica sentencia de la Manada, que consideró la violación de una joven un abuso sexual y no una agresión -resolución que después modificó el Tribunal Supremo-, la nueva ley puso el foco en la necesidad de regular el consentimiento expreso en las relaciones sexuales.

Se borró el abuso sexual del Código Penal y cualquier acto sexual sin consentimiento es ya una agresión sexual, con penas de hasta 8 años si hay alguna circunstancia agravante. Si hay penetración, se considera violación, con una pena máxima de 15 años.

La norma introdujo nuevas circunstancias para agravar los castigos -como anular la voluntad de la víctima con fármacos o drogas-, pero también redujo las penas mínimas de algunos delitos: para el reo de violación ahora se contempla una pena mínima de 4 años, frente a los 6 del anterior Código Penal, y en el caso de que la víctima sea menor de 16 años, sería una pena mínima de 6 años frente a los 8 de antes.

Un aspecto del que ya advirtió el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en un informe técnico -preceptivo pero no vinculante- en el que se opuso duramente al núcleo duro de la norma y avisó de la indeterminación de algunos aspectos de la ley.