Logroño (EFE).- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha confirmado la declaración de zona de protección acústica especial en Logroño.
La Sala ha desestimado el recurso interpuesto por la Asociación de Hosteleros de la Zona del Laurel y la Asociación Riojana de Empresas de Hostelería contra el acuerdo aprobado por el pleno del Ayuntamiento de Logroño por el que se declaró diversas zonas de protección acústica especial y se aprobaron los planes zonales específicos.
Este acuerdo se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR) el 18 de junio de 2024, ha detallado este viernes el TSJ de esta comunidad autónoma en una nota.
Ha añadido que las asociaciones recurrentes denunciaban diversas irregularidades durante la tramitación del procedimiento administrativo.
Así, para sustentar sus alegaciones, aportaron un informe pericial, con el que pretendían acreditar el incumplimiento de múltiples exigencias técnicas en la evaluación de la contaminación acústica realizada por las empresas especializadas contratadas por el Ayuntamiento para efectuar las mediciones, ha precisado .
La Sala, tras examinar la totalidad del expediente administrativo y valorar la prueba pericial, ha concluido que no se produjeron las infracciones procedimentales denunciadas y ha rechazado los restantes motivos de impugnación relativos a la metodología utilizada para la evaluación de los niveles de ruido.
La sentencia otorga mayor valor probatorio a los informes elaborados por los técnicos municipales y por las empresas especializadas encargadas de las mediciones acústicas que al informe pericial aportado por las asociaciones recurrentes, cuyas limitaciones metodológicas, según aprecia el tribunal, reducen su eficacia probatoria.
También ha destacado la relevancia de la distinción legal existente entre los denominados mapas estratégicos del ruido y los mapas no estratégicos, prevista en el real decreto que desarrolla la Ley del Ruido.










