En la imagen de archivo, miles de murcianos en las orillas del Mar Menor, formando una cadena humana y guardando luto a la laguna salada. EFE/Juan Carlos Caval

Dividen en 2 la pieza principal del caso por los vertidos contaminantes al Mar Menor

Murcia, 9 ene (EFE).- La sección tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha acordado este lunes dividir en dos piezas el caso Topillo, abierto tras la denuncia de la fiscalía para investigar los vertidos contaminantes al Mar Menor de las desalinizadoras para riego agrícola no autorizadas.

Con ello, una juzgará por prevaricación al exconsejero de Agricultura y al excomisario de Aguas por prevaricación y otra a las empresas investigadas por delitos contra los recursos naturales

Según fuentes judiciales, se estima así parcialmente un recurso de apelación de un investigado y una mercantil contra el auto del juzgado de instrucción número 2 de Murcia de noviembre de 2021, que ya la había concluido y había dictado auto de transformación a procedimiento abreviado.

En febrero de 2022, su titular abrió juicio oral por delitos contra el medioambiente contra empresarios, administradores o encargados de 37 empresas agrícolas del Campo de Cartagena, con sede en esa ciudad y en las de San Javier y Murcia, y por prevaricación ambiental por omisión de las inspecciones obligatorias al exconsejero de Agricultura Antonio Cerdá y al excomisario de Aguas de la Confederación HIdrográfica del Segura Manuel Aldeguer.

La Audiencia entiende que se encuentra “ante dos realidades que si bien se han podido producir en paralelo, deben ser enjuiciadas de forma independiente para simplificar y activar el procedimiento”, al existir elementos para hacerlo con independencia y para juzgar a cada uno de los encausados.

En un segundo auto, desestima el recurso de Cerdá que niega la prevaricación y subraya que “los indicios que identifica la resolución recurrida y que existen contra el apelante (…) aconsejan que avance la fase intermedia”, por cuanto “era la máxima y única autoridad con competencia para fijar un sistema de control efectivo” y “pudo ser deliberada” la ausencia de inspecciones.

Contra estas resoluciones no cabe recurso, por lo que ambas piezas siguen su curso en el mismo juzgado.