Pamplona (EFE).- El Gobierno de Navarra pagará 100 euros al mes por hijo menor de tres años a las familias con rentas inferiores a 45.000 euros anuales, o si hay más de una fuente de ingresos de 70.000, con efecto retroactivo al 1 de enero de 2023.
La consejera de Derechos Sociales, Mari Carmen Maeztu, ha explicado este miércoles en la rueda de prensa posterior a la sesión semanal de Gobierno que, de esta manera, la Comunidad Foral recupera una ayuda que fue eliminada en Navarra en 2012.
Alcanzará a 9.000 familias, el 65 %, y se abonará en un único pago anual de 1.200 euros por hijo. Para el Gobierno de Navarra tendrá un coste de 10,7 millones de euros al año esta medida.
Una ayuda compatible con la desgravación fiscal
La ayuda se podrá tramitar de forma presencial en el registro del Departamento de Derechos Sociales (en la calle González Tablas, de Pamplona), en los servicios sociales de base o telemáticamente en la web de Derechos Sociales.
La subdirección de Familia y Menores, del Departamento de Derechos Sociales, está ultimando el procedimiento de solicitud y el programa informático.
Esta ayuda de 100 euros mensuales es compatible con la desgravación fiscal por hijo o hija menor de 3 años en el IRPF y que asciende a 1.062 euros.
Requisitos para la obtención de la ayuda
Asimismo, se beneficiará a la persona que solicite la ayuda en representación de la unidad familiar con menores de 3 años al cargo, también si los niños o niñas están en acogimiento pre-adoptivo o permanente. Para ello, la ayuda recaerá en quien ostente la custodia exclusiva del hijo o hija. Cuando la custodia sea compartida en virtud de resolución judicial, ambos progenitores deberán acordar de forma expresa quién de los dos será la persona solicitante y la que lo perciba.
La persona beneficiaria deberá residir en Navarra y figurar en el padrón de cualquiera de sus municipios, al menos con una antigüedad de 6 meses respecto a la fecha de presentación de la solicitud, junto al hijo o hija que motiva la ayuda.
Como es preceptivo en las ayudas públicas, las personas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social y no hallarse en situación de prohibición para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones.