Pamplona (EFE).- La titular de la plaza nº 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tudela ha decretado este jueves prisión provisional, comunicada y sin fianza para el hombre acusado de matar a su esposa, de 44 años, a la que golpeó en la cabeza y, posteriormente, estranguló en el domicilio conyugal, en Arguedas (Navarra).
Así lo recoge en la resolución judicial, que puede ser recurrida en la que la magistrada califica inicialmente los hechos como constitutivos de un delito de homicidio.
El imputado se ha acogido este jueves a su derecho a no declarar en su comparecencia ante la jueza, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
El Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión del encausado, mientras que la defensa ha interesado la libertad provisional o, en su caso, la adopción de medidas menos gravosas.
Doble aviso
El Centro de Mando y Coordinación de la Policía Foral tuvo conocimiento de los hechos a través un familiar de la mujer, Saida El Yousif, de 44 años, origen marroquí y madre de una niña, que se la encontró en su domicilio fallecida.
El lunes, sobre las 18 horas, el investigado, de 43 años y también natural de Marruecos, acudió a la Guardia Civil de la localidad cercana de Valtierra, donde puso en conocimiento de los agentes que el día anterior, sobre las 23 horas, había discutido con su esposa, a la que había golpeado en la cabeza.
Según su versión, la mujer se había desplomado y caído al suelo. Y añadió que, a la mañana siguiente, ella seguía en el suelo, inmóvil. Tras esta declaración, fue detenido.
A las 18.45 horas, según reza la resolución judicial, se llevó a cabo el levantamiento del cadáver. Se apreció que, efectivamente, la víctima se encontraba “tumbada en el suelo boca arriba junto con una herida en el lado derecho de la cabeza, junto al lóbulo de su oreja, con sangre”.
Una muerte «violenta»
El informe preliminar forense, indica la jueza, determina que “la muerte ha sido violenta, siendo la causa inmediata de la misma probable anoxia encefálica, como consecuencia de asfixia mecánica cervical”.
“De todos los hechos descritos anteriormente se desprende de forma indiciaria, al menos en este momento incipiente de la instrucción, que el investigado (…), no solo golpeó en la cabeza a la víctima (…), sino que la agarró del cuello hasta asfixiarla”, concluye.
La medida de prisión, según apostilla, es “absolutamente imprescindible para evitar el riesgo de fuga” debido a las penas previstas por el delito de homicidio —de 10 a 15 años de prisión— o, si se determinara, por el de asesinato —de 15 a 25—, así como por “el hecho innegable de la falta de arraigo del investigado”, súbdito marroquí que llevaba «únicamente dos meses viviendo en Arguedas con su mujer”.










