Vitoria (EFE).- Los partidos políticos que se presenten a las elecciones al Parlamento Vasco y a las juntas generales ya no tendrán que guardar colas ante las juntas electorales para ser los primeros en registrar sus candidaturas y así figurar en las publicaciones oficiales en el orden en el que se inscriben.
Hasta ahora era habitual ver a políticos de distintos partidos formar colas desde la madrugada del día en el que se tienen que registrar las candidaturas.
Las primeras que se presentaban eran las que luego aparecían en ese orden en el Boletín Oficial del País Vasco, en el taco con todas las candidaturas que reciben en sus domicilios los electores que tramitan el voto por correo y también en las cabinas y mesas electorales durante la jornada de votación.

El Parlamento Vasco ha cambiado este jueves esa situación. Ha aprobado dos proposiciones de ley impulsadas por PNV, EH Bildu y PSE-EE que modifican dos leyes, las que regulan las elecciones al Parlamento Vasco y a las juntas generales. El orden de publicación de las candidaturas se hará en función del número de votos obtenidos en los comicios anteriores.
Ambas normativas no hacían referencia alguna a este orden y la modificación de las leyes se hace para establecer un criterio de «plena seguridad jurídica».
En las próximas elecciones
Los cambios se aplicarán en las próximas elecciones forales y autonómicas, no así en las municipales ya que estas se regulan por una ley estatal. Ambas modificaciones han sido refrendadas por PNV, EH Bildu, PSE y PP.
Solo los dos parlamentarios integrados en el Grupo Mixto, Jon Hernández (Sumar) y Amaia Martínez (Vox), han votado en contra.
Sumar ha sido el único grupo que ha enmendado ambos textos y ha defendido que el orden se fije por sorteo.
Hernández ha opinado que el cambio beneficia a los grandes partidos ya que les da un «plus de visibilidad» ante los electores. La representante de Vox ha considerado que les da una ventaja y puede tener influencia en los votantes indecisos.
Las modificaciones afectan a un único artículo de ambas leyes y la redacción queda de la siguiente forma:
La publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de las candidaturas se producirá atendiendo a los votos obtenidos en las últimas elecciones en cada circunscripción.
Las candidaturas que no hayan concurrido en las anteriores elecciones, aparecerán a continuación en el orden que se determine por sorteo en cada circunscripción.
El orden resultante se guardará en todas las publicaciones oficiales. EFE









