El padre Chus (d) con su abogado, Javier Díaz Dapena. EFE/ Juan González/Archivo

Revocada la condena al padre Chus por tres delitos de corrupción de menores

Oviedo (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha revocado parcialmente la sentencia por la que el exsacerdote asturiano conocido como el padre Chus fue condenado a seis años de cárcel por tres delitos de corrupción de menores, aunque sí mantiene la pena de cuatro años de cárcel por un delito contra la salud pública.

El fallo del alto tribunal asturiano, fechado este martes pasado, estima parcialmente el recurso presentado por su defensa, ejercida por el abogado Javier Díaz Dapena, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial en junio del pasado año.

Jesús María Menéndez, de 72 años, el exsacerdote conocido popularmente como el padre Chus, estuvo en prisión provisional desde el 13 de noviembre de 2021 hasta el 24 de marzo de 2022, y fue condenado en junio del pasado año por supuestamente intentar agredir sexualmente a adolescentes que visitaban su vivienda tras ganarse su confianza al facilitarles dinero y drogas que consumían en el salón y en su presencia.

El objetivo, según argumentó la fiscalía, era ganarse la confianza del mayor número de chicos posible para, según reflejaba la Audiencia en su sentencia, «satisfacer sus deseos sexuales».

El TSJA considera que solo ha quedado probado que, desde al menos el año 2015, jóvenes, tanto mayores como menores de edad, acudían «frecuentemente» al domicilio del acusado en Gijón, «donde con pleno conocimiento de éste consumían de modo habitual hachís, sustancia que en ocasiones les era proporcionada personalmente» por el propio Menéndez Suárez.

Declaraciones con «fisuras»

El alto tribunal concluye que las declaraciones de los testigos, «si bien conforman un estadio de sospecha acerca de solicitudes por el acusado de contactos sexuales a cambio de remuneración, presentan fisuras en el relato», así como «ambigüedad sobre el posible carácter jocoso de las expresiones del apelante» y un «recuerdo difuso de la época».

Así, «el acervo probatorio no permite consolidar una convicción incriminatoria exenta de razonable duda», apunta el fallo del TSJA, que será recurrido por su defensa al estar en desacuerdo con la condena por el delito contra la salud pública, ha confirmado a EFE su abogado.

Previamente a este proceso, el padre Chus fue expulsado del clero en 2015 en una decisión adoptada directamente por el papa al considerar que había llevado a cabo acciones pecaminosas y contra el Derecho Canónico por presuntamente agredir sexualmente a adolescentes de 17 años. EFE