Sevilla, (EFE).- El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este jueves la orden de la Consejería de Salud y Consumo de las tarifas de los convenios y conciertos con entidades públicas y privadas para prestar asistencia de sanidad, incluidos por primara vez los servicios de atención primaria.
La orden, de 23 de febrero de 2023, actualiza y desarrolla el sistema de presupuestación y tarifación de convenios y conciertos que suscriba el Servicio Andaluz de Salud para la prestación de asistencia sanitaria en centros sanitarios, que entrará en vigor este viernes, 3 de marzo, el día siguiente de su publicación en el BOJA.
El borrador de la orden, aprobado en julio de 2022 y cuyo proceso de alegaciones se extendió hasta el mes de agosto , generó en el último mes una gran polémica debido a las críticas de los partidos de la izquierda andaluza -PSOE, Por Andalucía y Adelante Andalucía- y algunos sindicatos, que denuncian que esta orden busca “privatizar” el sistema sanitario.
La nueva orden, consultada por EFE, permite que los médicos de clínicas privadas atiendan a pacientes dentro de hospitales públicos y realicen pruebas y operaciones concertadas por la propia Junta -una práctica que se realiza en otras comunidades-, y la inclusión por primera vez de la atención primaria en la cartera de servicios derivados a la sanidad privada.
El Gobierno andaluz se ha defendido de esta acusación y tras asegurar que no se va a privatizar la sanidad andaluza, ha acusado a los partidos de la oposición de lanzar “acusaciones infundadas” para tratar de “confundir a la opinión pública” debido a la cercanía de las elecciones municipales del 28 de mayo.
La privatización, acusación infundada
El anexo de la orden incluye un bloque de procedimientos quirúrgicos que podrían ser objeto de conciertos, así como otro de pruebas diagnósticas, otro de estancias hospitalarias y otro de consultas, donde se fijan unas tarifas máximas de 65 euros por consultas de atención primaria; de 150 euros por primeras consultas; de 90 euros por consultas sucesivas, y de 215 euros por consultas de “alta resolución”.
Las tarifas máximas en Andalucía para sanidad “se corresponden con consultas realizadas en las instalaciones de las empresas adjudicatarias” y en caso de no realizarse la prestación del servicio en dichas instalaciones “la tarifa máxima se verá reducida al 35 %”.
Las tarifas más elevadas en Andalucía para sanidad en el bloque de procedimientos quirúrgicos son las “operaciones para transformación de sexo no clasificadas bajo otros conceptos” como las colovaginoplastias, con un coste de 31.900 euros-; las faloplastias -28.600 euros–, y las vaginoplastias – un máximo 22.900 euros-, mientras que las más bajas están las escisiones en la boca, con 167 euros- la intervención quirúrgica.
Para los procedimientos diagnósticos, las tarifas oscilan entre los 31,8 euros que se contemplan para determinadas ecografías y los 1.749 euros de un PET-TAC Fluor PSMA (Antígeno Prostático Específico Membrana), mientras que se fija un precio máximo de 215 euros por día de hospitalización en planta que se concierte para estancias de uno a siete días de duración, de 150 euros diarios de ocho a 30 días, y de 125 euros para las estancias de más de 30 días.
Tarifa máxima homogénea en Andalucía
Los procedimientos de radioterapia y protonterapia tienen importes máximos que oscilan entre los 42.000 euros para un tratamiento completo de protonterapia pediátrico con anestesia, y los 3.000 euros que costaría concertar un tratamiento completo de radioterapia sin ingreso.
La Consejería justifica la orden en que “resulta conveniente establecer una tarifa máxima homogénea para toda Andalucía, por procedimiento y no por grupos, como hasta ahora”, lo que se traducirá en una reducción del coste en los procedimientos más frecuentemente concertados y conseguirá resolver “aquellos procedimientos que generan lista de espera o problemas asistenciales cuando efectivamente sea necesario”.
“Los centros públicos deberán establecer con antelación cuáles serán sus necesidades de concertación para cada tipo de procedimiento y en base a dicha necesidad poder estimar el presupuesto para dicha contratación de asistencia sanitaria complementaria”, señala la orden, que añade que se adecua “a los principios de necesidad y eficacia” y se atiende “al principio de proporcionalidad y eficiencia”.
La orden recoge igualmente que con carácter excepcional se podrán realizar conciertos con centros “situados en las comunidades autónomas limítrofes, en las mismas condiciones consideradas en la presente orden”. EFE