Madrid (EFE).- El Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez la ley de amnistía a ocho acusados de delitos de desobediencia o de desórdenes públicos por actos relacionados con el ‘procés’ o con las protestas por la sentencia por la que fueron condenados sus responsables.
La Sala de lo Penal del Supremo ha adoptado esta decisión en cuatro autos distintos que ha hecho públicos este viernes y en los que declara extinguida la eventual responsabilidad penal de esos ocho condenados.
Esta decisión se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciase que la ley de amnistía se ajusta al derecho comunitario, al considerar que no afecta a los intereses financieros comunitarios ni contraviene la legislación europea sobre terrorismo, al tener en cuenta que «facilita la reconciliación».
Uno de los amnistiados es el expresidente del Parlament catalán Roger Torrent, que fue condenado junto a los que fueran miembros de la Mesa del Parlament Josep Costa i Rosellló, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado Herreros por un delito de desobediencia relacionado con el procés.
También han sido amnistiados dos acusados de participar en los disturbios de la madrugada del 19 de octubre del 2019 en la capital gerundense, junto a otras trescientas personas, durante las movilizaciones contra la sentencia del procés y a los que la Audiencia de Girona condenó a un año y medio de prisión.
En 2024 la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo dictó un auto en el que llevó por primera vez la ley de amnistía ante el Tribunal Constitucional.
Esta decisión se enmarcó en el recurso de estos dos condenados por desórdenes públicos por haber lanzaron adoquines contra la sede de los juzgados de Girona tras la sentencia del procés, en 2019.










