Imagen de una mascletá en las Fallas de València. EFE/ Biel Aliño

La juez autoriza la celebración de la mascletá de Madrid Río

Madrid (EFE).- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid ha desestimado la petición de medida cautelarísima de la entidad animalista Salvando Peludos contra la celebración de la mascletá en el Puente del Rey de Madrid Río, por lo que el festejo se celebrará el próximo 18 de febrero, como estaba previsto.

Así consta en el auto, que considera que “no hay lugar” a la medida cautelarísima interesada por la entidad, que pedía “buscar otra localización donde llevarse a cabo” que “no vulnere la normativa legal por atentar gravemente contra la biodiversidad existente en Madrid Río”.

mascletá Madrid
Imagen de archivo de petardos en una pirotecnia. EFE/Biel Aliño

Contra esta resolución cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). La magistrada del citado juzgado, Rosa María Gosálbez, dio de plazo hasta las once de la mañana de este viernes al Ayuntamiento de Madrid para trasladar toda la documentación e informes de cara a la celebración de la mascletá, que ya tiene luz verde de la Delegación del Gobierno en Madrid en cuanto al traslado de la carga explosiva (307 kilos) y la seguridad ciudadana.

Los argumentos de la juez

En el escrito, la juez aduce que la entidad recurrente no ha acreditado “en absoluto” el agotamiento de la vía previa administrativa y argumenta que su escrito a la Comunidad de Madrid del 13 de febrero no está “completo” ni “permite comprobar” la pertinencia de la paralización de la mascletá por el posible daño ambiental a la zona.

Por ello, aboga por la “inadmisibilidad de la medida cautelarísima interesada” que “no es posible adoptar sino en relación con resoluciones que hayan agotado la vía administrativa”, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 69 y 25 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

La magistrada, que subraya la “demora” de la solicitud de suspensión a “tan solo cinco días antes de la fecha programada”, señala también que los informes presentados han sido elaborados por “entidades u organizaciones no imparciales” que no aportan “un principio de prueba aceptable de que la ejecución del evento haya de crear una situación irreversible, ni la producción de daños o perjuicios”.

Añade, además, que el Ayuntamiento de Madrid, organizador del evento, ha adjuntado “una serie de documentos acreditativos de la tramitación administrativa y de seguridad que se ha seguido en la organización y desarrollo de los eventos de mascletás, en otras zonas del territorio nacional con alta y cualificada protección medioambiental”, como es el Parque natural de La Albufera (València), así como un informe ambiental.

Según la juez, el Consistorio también ha aportado la autorización de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid para la “superación de los límites de los niveles sonoros establecidos”.