Fachada del edificio sede del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). EFE/Anita de Chirico

El CGPJ ve «insuficiencias y fallas» en la futura ley que regula el secreto profesional de los periodistas

Madrid (EFE).- El informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el anteproyecto de la ley que regula el secreto profesional de los periodistas advierte de «insuficiencias y fallas», que hacen «imprevisible» conocer la protección de este derecho para los profesionales cuando entra en conflicto con otros.

Fue el pasado 22 de julio cuando el Ejecutivo dio los primeros pasos para regular de forma específica el secreto profesional de los periodistas y los prestadores de servicios de los medios al aprobar un anteproyecto de Ley Orgánica que busca proteger el trabajo de los profesionales de la información y la confidencialidad de sus fuentes, y con ello el derecho a la información.

El Pleno del Consejo debate este miércoles un informe elaborado por las vocales Isabel Revuelta y Lucía Áviles, que representan a cada uno de los dos bloques del órgano de gobierno de los jueces, por lo que el borrador en cuestión previsiblemente salga adelante.

Manifestación de periodistas
Imagen de archivo de una concentración de periodistas. EFE/Juan Carlos Hidalgo

«Insuficiencias y fallas»

El documento, al que ha tenido acceso EFE, aprecia «insuficiencias y fallas» que «deberían ser necesariamente reconsideradas».

Advierte de que se hace «imprevisible» para los periodistas «saber qué fines justifican la restricción del derecho y cuáles son las reglas de prevalencia cuando el derecho al secreto profesional entra en conflicto con otros derechos, lo que «no se acomoda con las exigencias de claridad y precisión» que fija la Justicia europea y el Tribunal Constitucional.

Señala que la actual redacción de «los artículos 5 y 6 en relación con los límites a los que se sujeta el ejercicio del derecho, aun cuando invoca las previsiones del Reglamento (europeo) y hace traslación de las mismas, comportan una protección más débil de la que ofrece y debe ofrecer nuestro ordenamiento jurídico», es decir, que la legislación en vigor ofrece una mayor protección que la norma que propone el Gobierno.

Igualmente, destaca que el anteproyecto «contiene previsiones sobre límites que entran en tensión y generan perplejidad», cuando cita que pone más límites al juez penal que a jueces de otros ámbitos.

«La cuestión de los límites (…) debería revaluarse»

Por ello, «la cuestión de los límites (…) debería revaluarse con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica y certidumbre en la configuración de los supuestos habilitantes de adopción de medidas restrictivas del derecho al secreto».

Es por ello que el informe entiende que se debería «aclarar si el interés constitucional en la averiguación de los hechos y la identificación del delincuente, esto es, el interés en la persecución y castigo del delito, constituye un fin legítimo y en qué supuestos para la imposición de restricciones al secreto profesional».

Todo ello porque la norma deja «en manos del juez la tarea de identificar los derechos y bienes que justifican la restricción del derecho al secreto a partir de la interpretación de un concepto jurídico indeterminado especialmente abierto como el de razones imperiosas de interés general».