Madrid (EFE).- El Congreso ha respondido este miércoles al juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, que ha pedido reflexionar si José Luis Ábalos debe seguir siendo diputado por los «consistentes indicios» de «muy graves delitos», que el papel del poder judicial es «cumplir las leyes, no opinar sobre ellas».
Fuentes del Congreso se han pronunciado así sobre el llamamiento de Puente a reflexionar sobre la continuidad de Ábalos como diputado, en el que ha apuntado a la posibilidad de que pueda articularse por ley algún mecanismo que impida esta situación.
En el auto en el que ha acordado este miércoles mantener en libertad a Ábalos con las mismas medidas cautelares que tenía, el magistrado ha expresado que «no es ajeno al natural estupor que produce» que el también exdirigente socialista, frente al que «gravitan» esos indicios de criminalidad «estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública», siga ejerciendo «las altas funciones» de un diputado, como «el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley».
Las fuentes citadas han respondido a EFE que el papel del poder judicial es cumplir las leyes, no opinar sobre ellas y han reprochado que el tribunal no haya comunicado «nada de sus últimas decisiones» cuando el artículo 14.1 del Reglamento del Congreso obliga al Supremo a comunicar al Congreso todos los autos y sentencias, en este caso sobre Ábalos.
En el auto, el juez Puente aludía a la posibilidad de que «pudiera articularse por ley algún mecanismo apto» para impedir esta situación, un extremo sobre el que las fuentes parlamentarias consultadas han evitado pronunciarse «y menos como resultado de lo que sería un injerencia de poderes», han zanjado.
Auto firme de procesamiento y prisión preventiva
Recuerdan, no obstante, que el Reglamento del Congreso ya contempla que los diputados serán suspendidos cuando, tras conceder la Cámara el suplicatorio, haya un auto firme de procesamiento y se haya decretado la prisión preventiva, situación en la que no se encuentra Ábalos.
E insisten en que la modificación de las normas no es competencia de los jueces, que deben «aplicar las promulgadas por quienes» tienen la facultad de hacerlo.
En este sentido, han destacado que el juez «tiene herramientas de sobra para poder ejercer sus funciones» y han recalcado que el Poder Legislativo, que está cumpliendo la ley, tiene las suyas.
«Conviene respetar la separación de poderes», han insistido.
El juez pide reflexionar si Ábalos debe ser diputado
El juez Leopoldo Puente ha llamado a reflexionar si Ábalos debe seguir siendo diputado pese a los «tan consistentes indicios» de «muy graves delitos» que pesan sobre él, y ha apuntado a la posibilidad de que pueda articularse por ley algún mecanismo que impida esta situación.
El magistrado confiesa que «no es ajeno al natural estupor que produce» que el también exdirigente socialista, frente al que «gravitan» esos indicios de criminalidad «estrechamente relacionados además con el viciado ejercicio de la función pública», siga ejerciendo «las altas funciones» de un diputado, como «el control de la acción del Gobierno y la aprobación de normas con rango de ley».

«Se trata, creo, de un buen motivo para la reflexión», apunta el juez en el auto en el que ha acordado mantener en libertad a Ábalos con las mismas medidas cautelares (prohibición de salida del país, retirada del pasaporte y comparecencias quincenales), tras un último informe policial que sembraba sospechas en gastos de 95.437 euros.
Para el juez, el derecho constitucional «no sería obstáculo, necesariamente, para que pudiera articularse por ley algún mecanismo apto» para impedir esta situación.
«La modificación de las normas» no es competencia de los jueces
Recuerda que el Reglamento del Congreso ya contempla que los diputados serán suspendidos cuando, tras conceder la Cámara el suplicatorio, haya un auto firme de procesamiento y se haya decretado la prisión preventiva, situación en la que no se encuentra Ábalos.
No obstante, deja claro que «la modificación de las normas» no es competencia de los jueces, que deben «aplicar las promulgadas por quienes» tienen la facultad de hacerlo.
Y subraya que no podría acordar la prisión provisional -como han solicitado ocho de las nueve acusaciones populares que coordina el PP- ignorando los requisitos que impone la ley «con el (indebido) propósito de colmar las exigencias derivadas de la actual redacción del Reglamento» para que pueda producirse la suspensión del diputado.
Libertad para Ábalos
Tras la decisión del juez de mantenerle en libertad, Ábalos ha salido del Tribunal Supremo más de cinco horas después de llegar y tras negarse a declarar al alegar indefensión una vez que el juez le ha obligado a comparecer con su abogado, pese a renunciar a él hace unos días por «diferencias irreconducibles».
Durante la comparecencia, a la que ha seguido una vistilla para valorar si se modificaban sus medidas cautelares, Ábalos ha querido dejar claro que su renuncia a su abogado no es un fraude de ley, como así lo aseguró el magistrado, ya que fraude hubiera sido renunciar al acta de diputado, como su letrado le recomendaba.
El juez, según fuentes consultadas por EFE, le ha recordado que esto no es el Congreso.
Puente ha decidido una vez más seguir el criterio de la Fiscalía Anticorrupción que también ha considerado que, aunque se han reforzado los indicios contra Ábalos, no han cambiado las circunstancias que determinarían su ingreso en prisión: riesgo de fuga, destrucción de pruebas o reiteración delictiva.