Madrid (EFE).- El Gobierno ha publicado este sábado la relación de centros habilitados en el extranjero para el depósito de voto en urna en las elecciones del próximo 29 de noviembre, que deberán realizar entre el octavo y el tercer día anteriores al día de la elección.
Según la resolución de Exteriores publicada en el BOE, los electores que residen en el extranjero y que opten por depositar el voto en urna tendrán que entregar personalmente los sobres en aquellas embajadas, oficinas o secciones Consulares en las que estén inscritos o en los lugares que a tal efecto se habiliten para ello, en horario de mañana y tarde, incluidos los consulados honorarios de España en el extranjero.
Detalla que las oficinas consulares de carrera (consulados generales, consulados y secciones consulares de las misiones diplomáticas) se considerarán a todos los efectos centros habilitados para el depósito del voto en urna con varias excepciones.
En concreto, en la demarcación consular de Santiago de Chile (Chile) el centro habilitado será el Centro Cultural de España; en la demarcación consular de México (México), el Hospital Español, y en la de Caracas (Venezuela), la Quinta de Marmolejo.
Además, en la demarcación consular de Caracas (Venezuela), el centro habilitado será el Consulado Honorario de España en Valencia Hermandad gallega de Valencia.










