Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez.
Begoña Gómez, esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez. EFE/Javier Lizón/Archivo

La Audiencia de Madrid reabre la querella de Begoña Gómez contra Vito Quiles por acoso

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Madrid (EFE).- La Audiencia Provincial de Madrid ha decidido reabrir la causa por la querella que Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, interpuso contra Vito Quiles al que atribuyó presuntos delitos de acoso y lesiones al perseguirla a la salida de un restaurante de la localidad madrileña de Las Rozas el pasado 29 de abril.

La denuncia fue presentada por Begoña Gómez después de que Quiles le impidiera salir de ese establecimiento, donde la había localizado y donde, según sostenían fuentes del entorno de la esposa del presidente, la acosó con preguntas de manera agresiva, impidiéndole la salida del local mientras la grababa.

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El titular del Tribunal de Instancia número 2 de Majadahonda, en el que recayó esta denuncia, la archivó en mayo al entender, tras visionar las imágenes aportadas en la causa, que no se habían podido «acreditar hechos que posean relevancia penal», ya que «en las grabaciones no se aprecian las conductas denunciadas».

Recurrieron el archivo

Begoña Gómez y la Fiscalía Provincial de Madrid recurrieron este archivo y ahora la Audiencia Provincial ha dictado un auto revocando el archivo que dictó el juez de Majadahonda, quien no apreció delito en la actuación de Vito Quiles.

La Audiencia ha ordenado reabrir la causa para investigar si los hechos pudieran ser constitutivos de coacciones al considerar, además, que es prematuro cerrar el procedimiento sin examinar la posible afectación a la libertad de la denunciante.

Aunque las grabaciones aportadas a las actuaciones no acreditarían, según el análisis recogido en el auto, que se produjera un zarandeo o que el denunciado rodeara con el brazo a Gómez para impedirle salir del establecimiento, la Sala entiende que estos extremos no agotan la valoración jurídica de lo sucedido.

Según se recoge en la resolución, el 12 de mayo de 2026 el juzgado acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de las actuaciones al considerar que las imágenes no acreditaban determinados episodios de contacto físico denunciados y que no existían indicios suficientes de una infracción penal.

Posible coacción

Frente a esta decisión, la representación procesal de Gómez interpuso un recurso de apelación por considerar que era necesario iniciar la instrucción y practicar nuevas diligencias de investigación, a lo que se adhirió el fiscal.

La Audiencia aprecia la posible existencia de coacciones y señala que las imágenes muestran que Vito Quiles accedió al restaurante y se dirigió directamente a Begoña Gómez, que se encontraba sentada en una mesa con otras personas, tras lo cual la denunciante acabó abandonando el local.

La resolución añade que los hechos «podrían no responder a un encuentro casual, sino a una actuación buscada deliberadamente» mientras la denunciante desarrollaba una actividad privada en un espacio público.

La Sala entiende que debe analizarse si la conducta pudo limitar «la libertad de obrar» de Gómez, obligándola a realizar algo que no deseaba o impidiéndole continuar con su actividad.

Advierte, de todos modos, que la decisión no supone una declaración de culpabilidad ni determina que el delito de coacciones se haya cometido, sino que establece la necesidad de investigar esa posibilidad.

Con esta decisión, la Audiencia Provincial devuelve las actuaciones al juzgado de origen para que prosiga el procedimiento y determine, a partir de la investigación que corresponda, si los hechos denunciados pueden tener consecuencias penales.