Rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros
Rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. EFE/ Javier Lizón

El Gobierno amplía supuestos de acceso a ayudas de cuidado de menores por enfermedad grave

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Madrid (EFE).- El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al nuevo reglamento de la prestación por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave (CUME), que amplía los supuestos de acceso a nuevas patologías como el trastorno del espectro autista o el síndrome del neurodesarrollo Poirier-Bienvenu.

El nuevo reglamento CUME aprobado a instancias del Ministerio de Seguridad Social desarrolla las ayudas del real decreto aprobado hace dos semanas, que amplió su concesión cuando los afectados tengan más de 26 años, estén en situación de dependencia de grado III o tengan una discapacidad igual o superior al 65 %.

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A quién se dirige la prestación

La prestación se dirige a progenitores, adoptantes, acogedores (ahora también cónyuges o parejas de hecho) y la reconoce a quienes reducen su jornada laboral al menos en un 50 % para el cuidado.

Actualmente, hay 19.753 procesos en vigor, con una media de 664,2 días; la mayor parte de las prestaciones reconocidas se dirigen a mujeres.

Con el nuevo reglamento se actualiza el concepto de situación protegida, que tiene en cuenta la evolución de la medicina, la organización sanitaria y las necesidades asistenciales para atender situaciones de enorme complejidad que no pasan necesariamente por un ingreso hospitalario clásico y prolongado, pero que exigen un cuidado directo, continuo y permanente.

Regulados los diferentes supuestos

También regula con mayor claridad los supuestos de convivencia exclusiva, convivencia compartida y alternancia en la percepción del subsidio.

Así, cuando en una misma unidad familiar exista más de una persona afectada que requiera cuidado podrá reconocerse el subsidio a ambos progenitores.

En convivencias compartidas, se permite, mediante acuerdo entre progenitores y sus respectivas empresas, alternar la percepción del subsidio por periodos no inferiores a quince días.

Mientras, en los casos de nulidad, separación, divorcio o extinción de la pareja de hecho, cuando exista custodia compartida, el subsidio será percibido de forma alterna por cada progenitor, coincidiendo dicha alternancia con el régimen de convivencia establecido, cualquiera que sea su duración.

Plazos

El reglamento amplía los plazos de reconocimiento inicial a seis meses y las sucesivas prórrogas a ocho, cuando hasta ahora era de dos y cuatro, respectivamente.

La acreditación médica se podrá realizar indistintamente por facultativos de atención primaria o especializada del servicio público de salud responsable de la asistencia del afectado.

Para los autónomos, el texto clarifica el tratamiento de las bases de cotización tenidas en cuenta durante la percepción del subsidio que van a estar exentas de regularización al igual que los demás subsidios.

También incorpora nuevas patologías como el trastorno del espectro autista y el síndrome del neurodesarrollo Poirier-Bienvenu, aunque habilita una vía reglamentaria para actualizar el listado conforme avance el conocimiento científico y la medicina y compatibiliza la prestación con la escolarización del menor y con la realización de las prácticas formativas.

Por último, incluye una Guía técnica sobre valoración y acreditación de la necesidad de cuidados para favorecer una aplicación homogénea en todo el territorio.