Abogado de la UE avala exclusiones de contratación pública por seguridad nacional
Entrada principal del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en Luxemburgo. EFE/EPA/JULIEN WARNAND

Un bogado general de la UE avala las exclusiones de contratación pública por seguridad nacional

Bruselas (EuroEFE).- Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró este martes que excluir a determinadas empresas u ofertas de procedimientos de contratación pública por motivos de seguridad nacional es compatible con el Derecho comunitario.

El jurista, cuyas conclusiones sirven de orientación para el fallo de los jueces del TJUE, señaló que la exclusión de la contratación pública para salvaguardar la seguridad nacional es «conforme con el Derecho de la Unión, siempre que se respeten sus principios y garantías».

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En concreto, abordó el caso de empresas como Autovici, que fue excluida de un procedimiento para la venta y alquiler de vehículos en línea con una ley aprobada por Lituania a raíz de la invasión rusa de Ucrania en 2022, que tenía precisamente por objetivo proteger la seguridad nacional.

Según las autoridades lituanas, la compañía mantenía «relaciones con sujetos extranjeros considerados una amenaza para la seguridad nacional».

Igualmente, la empresa Skinest Baltija fue excluida de una licitación para la adquisición de material ferroviario sobre la base de información similar.

Las dos empresas impugnaron su exclusión ante los tribunales nacionales y el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Lituania preguntó al TJUE, con sede en Luxemburgo, si esa normativa lituana es conforme con el Derecho comunitario.

Derecho de defensa del operador excluido

El abogado general Andrea Biondi señaló que una normativa que contempla la exclusión de empresas de licitaciones por motivos de seguridad nacional es conforme, siempre que respete los principios generales del Derecho de la Unión y las garantías que establece.

Indicó que la evaluación de los imperativos de seguridad nacional y la adopción de las medidas correspondientes competen a los Estados miembros, si bien estas medidas deben respetar el Derecho de la Unión.

Además, afirmó que los Estados deben determinar la autoridad competente que ha de evaluar los imperativos de seguridad nacional, la cual puede emitir dictámenes que impongan a otras administraciones medidas para preservar la seguridad nacional.

El órgano competente en materia de seguridad nacional tendrá, en todo caso, que cumplir las exigencias fundamentales derivadas del Derecho de la UE, que incluyen evaluar la proporcionalidad y los derechos fundamentales, así como que la decisión esté motivada y pueda ser impugnada ante un tribunal.

Igualmente, deberá valorar la duración de la exclusión «caso por caso», atendiendo a las circunstancias particulares de cada Estado miembro, de cada contrato y de cada operador económico.

Por otra parte, habrá que respetar el derecho de defensa del operador excluido, teniendo en cuenta el principio general de buena administración y los intereses relacionados con la seguridad nacional.