Logroño (EFE).- El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha estimado, por unanimidad, el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra un precepto por el que La Rioja establece una nueva deducción autonómica en el IRPF “para fomentar la fijación de población ocupada en el medio rural”.
La deducción se aplica a quienes, siendo residentes en La Rioja, inicien una nueva actividad económica de tipo agrícola, aunque no se exige que esta se localice en dicho territorio, ha detallado este jueves el TC en una nota.
La sentencia del TC, que declara nula esta deducción riojana por extralimitación competencial, se apoya en la doctrina ya establecida respecto de normas análogas de otras comunidades autónomas, en referencia a que ya se declaró que las deducciones autonómicas ligadas al ejercicio de actividades económicas quedan fuera de las competencias autonómicas.
Ha recordado que la Ley 22/2009, reguladora de la cesión de tributos, solo permite a las comunidades autónomas crear deducciones en el IRPF por “circunstancias personales y familiares, por inversiones no empresariales y por aplicación de renta”, sin que, además, puedan “minorar el gravamen efectivo de una categoría de renta”.
El Gobierno riojano «acata y respeta» la sentencia y trabaja en impulsar una mueva medida, en este ámbito, que cumpla con los estándares que establece la resolución judicial, ha afirmado a EFE el consejero de Hacienda y portavoz del Ejecutivo riojano, Alfonso Domínguez.









