La Audiencia de Gipuzkoa ordena reabrir el caso de una mujer fallecida tras una liposucción EFE/Juan Herrero

La Audiencia de Gipuzkoa ordena reabrir el caso de una mujer fallecida tras una liposucción

San Sebastián (EFE).- La Audiencia de Gipuzkoa ha reabierto el caso de una paciente fallecida tras una liposucción, que había sido archivado por un juzgado de Azpeitia a raíz de la autopsia que apuntaba como causa de la muerte a una embolia supuestamente derivada de la atención urgente que la mujer recibió en su ambulatorio días después de la operación.

Según recoge el auto que ordena la reapertura, al que ha tenido acceso EFE, el caso se remonta al 10 de septiembre de 2024, cuando la paciente de una clínica donostiarra se sometió a una liposucción y a una abdominoplastia en un centro médico bilbaíno, del que posteriormente fue dada de alta.

Audiencia de Gipuzkoa

La Audiencia de Gipuzkoa ordena reabrir el caso de una mujer fallecida tras una liposucción. EFE/Javier Etxezarreta.

El 13 de septiembre, la mujer acudió a la clínica de San Sebastián con un informe de su médico que daba cuenta de la operación realizada, así como del postoperatorio y que reseñaba que «no presentaba hallazgos fuera de la normalidad».

La hija de la fallecida relató posteriormente a la Policía que, ya en su domicilio de Azpeitia, su madre había experimentado «dificultades respiratorias y una fuerte presión en el pecho», por lo que sus allegados solicitaron una ambulancia.

Fallecida tras una liposucción

Sin embargo, ante la tardanza de este recurso médico, decidieron trasladarla por sus propios medios al ambulatorio de la localidad donde posteriormente falleció.

La autopsia determinó luego que la muerte se había producido por entrada de aire en el torrente sanguíneo, algo que podría haber ocurrido durante la intervención de cirugía plástica a la que se sometió o durante la asistencia urgente que recibió en el ambulatorio, explica el auto.

No obstante, la necropsia entendió que la «fuente más probable» de la embolia «pudiera estar en el acceso intravenoso efectuado en el ambulatorio, pudiendo haber influido de forma considerable el difícil manejo o contención de la paciente, con arrancamiento de las vías».

Juzgado de Azpeitia

Tras la muerte, la familia, representada en esta causa por el letrado Adolfo Aguirre, llevó el caso a los tribunales, pero el juzgado de Azpeitia sobreseyó el asunto provisionalmente, por lo que los allegados de la fallecida recurrieron a la Audiencia de Gipuzkoa que ha ordenado ahora la reapertura de la causa.

La Audiencia de Gipuzkoa ordena reabrir el caso de una mujer fallecida tras una liposucción. EFE/Javier Etxezarreta

Para ello este tribunal explica que, como puso de relieve la familia, en la causa falta documentación relativa a las historias clínicas preoperatorias, postoperatorios y farmacológicas de la paciente, así como los consentimientos informados, entre otros elementos relacionados con la intervención de cirugía plástica.

Una circunstancia que, según indica, «conlleva por sí sola» que deba estimarse el recurso presentado por los allegados, dado que todos estos documentos «guardan relación con los hechos» y podrían «ser de relevancia» para «una correcta y completa investigación» de lo sucedido.

Cuadro clínico

Asimismo, la Sección Primera de la Audiencia tiene en cuenta la aparente gravedad del cuadro clínico con el que la mujer acudió al ambulatorio de Azpeitia, así como «la rapidez con la que se produjo su fallecimiento» y el hecho de que los dolores abdominales y los problemas respiratorios que sufría «parece que se habían producido con anterioridad».

Por estas razones, la Audiencia ordena al juzgado de Azpeitia que continúe las diligencias de investigación ya que, a su entender, las actuaciones solicitadas por la familia «resultan útiles y adecuadas».

Todo ello con el fin de que los forenses que elaboraron la autopsia examinen esta documentación posteriormente y que aporten luego «las explicaciones pertinentes sobre una posible ratificación o modificación» de su informe de necropsia «descartando cualquier otra posible causa del fallecimiento».

Entre otras diligencias, la Audiencia también ve oportuno que se tome declaración a los allegados de la fallecida que «pueden describir los síntomas que presentaba en el momento posterior a la intervención quirúrgica y el día de su fallecimiento».